Cómo impugnar una resolución del SEPE, paso a paso
Estos son los pasos a seguir para recurrir una resolución de una solicitud del SEPE en caso de estar en desacuerdo o descontento con el resultado.
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Cómo impugnar una resolución del SEPE: pasos y consideraciones legales / MINISTERIO DE TRABAJO
Alba García
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el órgano responsable de gestionar distintos subsidios y prestaciones, como la del paro. Y puede pasar que nos deniegue alguna ayuda. En ese caso, tenemos la opción de reclamar. Te contamos cómo hacerlo.
Es posible que el SEPE rechace alguna de las solicitudes presentadas. En ese caso, existe la posibilidad de impugnar la resolución siguiendo los siguientes pasos.
IMPUGNAR UNA RESOLUCIÓN DEL SEPE
Estos son los pasos que se deben seguir para impugnar resoluciones del SEPE en caso de descontento o desacuerdo con el resultado.
LA RECLAMACIÓN PREVIA
El primer paso para recurrir una resolución es la reclamación previa, que se tramita en el propio Servicio Público de Empleo Estatal. Tendremos que presentar un documento con nuestro nombre y apellidos, nuestra identificación personal, dirección para notificaciones, el acto sobre el que reclamamos y el motivo (acompañado de toda la documentación que consideremos relevante), junto con el lugar, la fecha, la firma y el órgano administrativo al que nos dirigimos.
El plazo depende de si nos han notificado la denegación de la ayuda o no:
- Si hemos recibido la denegación explícita, tenemos treinta días para presentar la reclamación previa.
- Si nos la han denegado por silencio administrativo (es decir, sin notificárnoslo), el plazo es de tres meses desde que solicitamos la prestación.
Para entregar nuestra reclamación en una oficina del SEPE, necesitamos cita previa, que podemos obtener siguiendo estos pasos.
¿QUÉ PASA DESPUÉS DE LA RECLAMACIÓN PREVIA?
Una vez hemos presentado nuestra reclamación previa al SEPE, este dispone de cuarenta y cinco días para contestar. Si no recibimos respuesta en este plazo, significa que nos han denegado la reclamación por silencio administrativo. En tal caso, todavía nos quedan opciones.
LA DEMANDA ANTE EL JUZGADO DE LO SOCIAL
Si han rechazado nuestra reclamación, podemos presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de treinta días a partir del momento en el que entendemos nuestro recurso desestimado por silencio administrativo o desde que recibimos la notificación de que nos lo han denegado.
RECURRIR AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Si tanto el SEPE como el Juzgado de lo Social desestiman nuestro caso, nos queda la opción de recurrir al Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma correspondiente. Esta es la opción más larga y compleja; la resolución puede tardar entre seis meses y casi dos años de media. No es necesario contar con un abogado en todos los casos, aunque puede ser recomendable, en cuyo caso debemos tener en cuenta si nos compensa este coste económico.
Estos han sido los pasos a seguir en caso de necesitar impugnar una resolución del SEPE. Está visto que no es necesariamente el proceso más sencillo de todos, pero puede resultar muy beneficioso para las personas en situación de desempleo.
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