Éstas son algunas de las claves que incluye la nueva ley de transparencia, acceso de la información pública y buen gobierno, cuyo anteproyecto ha visto esteviernes, en primera lectura, el Consejo de Ministros, y que se divide en dos grandes apartados:

Acceso a la documentación pública

- La Ley obliga a hacer pública, a través de las páginas web de la administración, la información institucional, de organización, de planificación, de relevancia jurídica y económica, presupuestaria y estadística.

- El portal de Transparencia se encargará de centralizar toda la información y, en los términos en los que se establezca reglamentariamente, la que se solicite con más frecuencia.

- Todas las personas tendrán derecho a acceder a la información pública en los términos previstos en la Constitución, siempre y cuando ésta no afecte a la seguridad nacional, la defensa y las relaciones exteriores, entre otros.

- Así, las administraciones publicarán los contratos adjudicados (identificando el objeto, los importes de adjudicación y licitación, así como las modificaciones y prórrogas), los convenios suscritos entre administraciones, las retribuciones de altos cargos y todas las subvenciones y ayudas públicas, con indicación de su importe, objetivo y beneficiarios.

- Además, obliga a que los presupuestos de las distintas administraciones incluyan una descripción detallada y datos sobre su ejecución, así como las resoluciones de la Oficina de Buen Gobierno y Conflicto de Intereses sobre las compatibilidades de altos cargos con actividades privadas.

Código de buen gobierno e infracciones

- La Ley establece los principios éticos y de actuación que deben presidir la labor de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de todas las administraciones.

- Entre ellos, transparencia, eficacia, buena fe y dedicación al servicio público, imparcialidad e independencia, equidad y no discriminación, conducta digna y corrección en el trato, deber de reserva o rechazo de ventajas personales.

- Prevé una serie de infracciones derivadas del incumplimiento de la normativa en materia de conflicto de intereses, de las obligaciones en fondos públicos y del régimen disciplinario que debe ser aplicable a los altos cargos.

- La administración de recursos, el incumplimiento deliberado del nivel de deuda pública en contra de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera o la no realización de los planes económico-financieros o de reequilibrio exigidos son algunos de ellos.

- Las sanciones incluyen la destitución de los cargos públicos, la no percepción de pensiones indemnizatorias, la obligación de restituir las cantidades indebidamente percibidas y la obligación de indemnizar a la Hacienda Pública estatal en los términos previstos en la Ley.

- Los autores de infracciones graves y muy graves no podrán ser nombrados para ocupar determinados cargos públicos durante un periodo de entre cinco y diez años, y se tipificarán infracciones para castigar las conductas más graves, que sean merecedoras de sanciones penales.

- La ley contempla que los Presupuestos Generales del Estado establecerán cada año el baremo al que habrán de ajustarse las retribuciones de los miembros de las corporaciones locales.