Con los votos a favor del PP y toda la oposición en contra, la Ley de Seguridad Ciudadana ha sido aprobada hoy definitivamente por las Cortes, que han avalado un texto que incrementará la libertad, según el Ejecutivo, y sobre el que, sin embargo, planea la amenaza de su derogación si cambia el Gobierno.

Tachada de "mordaza" y "represiva" a pesar de que ha sido suavizada respecto al texto inicial, la ley, proyecto estrella del Ministerio del Interior, ha culminado su tramitación parlamentaria tras cinco meses de debate.

Durante este tiempo, el contenido de la norma ha quedado diluido al centrarse la polémica en una enmienda que presentó el PP en el Congreso y que supondrá la modificación de la ley de Extranjería para legalizar las denominadas "devoluciones en caliente" o "rechazos en frontera".

Sucesora de la llamada "ley Corcuera" o de "la patada en la puerta" de 1992, la nueva norma, que entrará en vigor en julio, prohíbe por ley las redadas policiales indiscriminadas o por razones étnicas, pero permite la identificación de las personas que tengan total o parcialmente cubierto el rostro con cualquier tipo de prenda.

Regula los cacheos y fija en un plazo máximo de seis horas el traslado y estancia en comisaría para la identificación de personas solo en supuestos excepcionales y cuando no sea posible acreditar esta identificación por medios físicos o telemáticos.

Paralelamente tramitada con la reforma del Código Penal, la nueva ley asume lo que hasta el momento figuraban como faltas y se convierten ahora en infracciones administrativas, que serán muy graves (multadas con entre 30.001 a 600.000 euros), graves (de 601 a 30.000 euros) y leves (de 100 a 600 euros). Consulta aquí el listado completo de infracciones.

En su debate final y en el último turno de palabra, el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, se ha mostrado convencido de que la nueva ley dotará a España de más libertad.

"Cuando entre en vigor quedará garantizada la libertad", ha afirmado el ministro, que ha aprovechado para incidir en que la norma no "toca el derecho de reunión ni de manifestación".

A pesar de estos argumentos, la oposición ha insistido en que la ley ni es necesaria ni demandada por los ciudadanos, y que tiene como único objetivo "amordazar" la protesta en las calles.

Desde las filas del PSOE, de la Izquierda Plural y el Grupo Mixto ya han vaticinado que la ley tiene "los días contados" y que "se pone a la cola" de otras normas que serán derogadas en cuanto cambie la mayoría de fuerzas políticas en el Parlamento.

"No existe ninguna razón objetiva para aprobar esta ley reactiva", ha dicho el diputado socialista José Ignacio Sánchez Amor, quien ha agradecido irónicamente al Ejecutivo y al PP el no ocultar ni disimular la ley.

"Es lo que parece. Si hubieran querido llamarla ley mordaza no habrían tenido problema", ha destacado Sánchez Amor, que ha criticado la "generalidad" y "ambigüedad" de algunos preceptos de la norma, pues con ellos se abre la puerta a la subjetividad y la discrecionalidad.

Nuevo código penal

El Pleno del Congreso ha dado luz verde al nuevo Código Penal con el apoyo del PP y el rechazo en bloque de la oposición, que ha lamentado que hoy "es un día negro" para la sociedad por la aprobación definitiva de la reforma, que introduce la "cadena perpetua" mediante la prisión permanente revisable.

Con 181 votos a favor y 138 en contra y dos abstenciones, la Cámara baja ha puesto punto y final a la tramitación de la norma un año y seis meses después de iniciar su recorrido parlamentario en las cámaras, en el que han incorporado 400 de las más de 2.000 enmiendas presentadas a la norma, que entrará en vigor a partir del próximo 1 de julio.

Novedades del código penal

  • Prisión permanente revisable: Aplicable a los delitos más graves, entre otros, los homicidios terroristas, los cometidos contra el rey o el príncipe heredero y contra jefes de Estado extranjeros, genocidio, crímenes de lesa humanidad con homicidio y asesinatos agravados cuando la víctima sea menor de 16 años o sea especialmente vulnerable. La pena acarrea el cumplimiento íntegro de entre 25 y 35 años, dependiendo del tipo del delito y si es uno o varios, tras lo cual se revisará la condena y si no se cumplen determinados requisitos, seguirá en prisión.
  • Corrupción: Se introduce el delito de financiación ilegal de los partidos para las personas que den o reciban donaciones ilegales. Se castigará con pena de multa las cantidades por debajo de los 500.000 euros y será delito las que lo superen. Los condenados por estos delitos tendrán que devolver obligatoriamente el dinero sustraído.
  • Libertad vigilada: Se aplicarán para los casos de especial gravedad como los asesinatos castigados con la prisión permanente revisable y los condenados por matar a sus parejas o por ejercer la violencia física o psíquica contra sus parejas, menores y discapacitados que convivan con ellos en el mismo domicilio.
  • Protección de la mujer: Se tipifica como delito el matrimonio forzado y se castigan los actos reiterados de acecho u hostigamiento. También se pena la divulgación no autorizada de grabaciones o imágenes íntimas obtenidas con el consentimiento de la víctima, pero luego divulgadas sin que ésta lo sepa.
  • Menores: Se eleva a 16 años la edad mínima de consentimiento para mantener relaciones sexuales y será delito contactar con un menor a través de medios tecnológicos para embaucarle y que facilite imágenes pornográficas.
  • Propiedad intelectual: La reforma persigue la explotación económica, reproducción, plagio, distribución y comunicación pública de una obra, sin autorización de los titulares, con ánimo de obtener un beneficio.
  • Atentados: Se amplía el catálogo de supuestos del delito de atentado, que incluye supuestos de acometimiento, agresión, empleo de violencia o amenazas graves de violencia sobre el agente, profesores y médicos.
  • Huelgas: Se incluyen penas no privativas de libertad (multas) por el delito de coacción a la huelga y se reducen los tipos tanto para los empresarios como para los piquetes, que tendrán penas más elevadas que los primeros.
  • Maltrato animal: Se castigará la explotación sexual contra los animales (zoofilia) y la celebración de espectáculos no autorizados legalmente, como las peleas de gallos y perros. Además, el abandono será penado.