La Abogacía del Estado estudiará si se puede impugnar la toma de posesión de Carles Puigdemont como presidente de la Generalitat después de que el exalcalde de Girona no haya jurado ni prometido lealtad al Rey y la Constitución, según han indicado fuentes gubernamentales.

Fuentes del Ejecutivo han indicado a Efe que la Abogacía empezará este miércoles a estudiar las palabras de Puigdemont, que ha prometido este martes el cargo con "fidelidad a la voluntad del pueblo de Cataluña representada por el Parlament", pero ha obviado la Constitución y al Rey, tal como había costumbre de hacer hasta ahora.

Los servicios jurídicos del Estado analizarán ahora la legislación y la jurisprudencia existente para determinar si el haber ignorado la promesa o juramento de acatar la Constitución merece algún reproche jurídico.

El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, ha asumido este martes el cargo sin mencionar al Rey ni la Constitución, y ha prometido ser fiel a la voluntad de los catalanes, con un "Lo prometo". En la toma de posesión celebrada en el Palau de la Generalitat, así ha respondido a la pregunta de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell: "¿Promete cumplir lealmente las obligaciones del cargo de presidente de la Generalitat con fidelidad a la voluntad del pueblo de Cataluña representado por el Parlament?".

La promesa de Puigdemont ha estado precedida por una breve intervención del presidente saliente, Artur Mas, que le ha agradecido "haber aceptado el reto de ser el 130 presidente de la Generalitat en estos momentos apasionantes, decisivos y trascendentes" para Cataluña.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha advertido antes de la celebración de ese acto de que Puigdemont "en ningún caso" podría introducir en sus palabras elementos que desvirtúen el juramento de cumplimiento de sus obligaciones y de la Constitución.

Catalá ha recordado que las fórmulas utilizadas a lo largo de los años han sido muy variadas, y el Tribunal Constitucional y la Junta Electoral Central se han pronunciado sobre los elementos que se pueden introducir en ese acto.

Ahora corresponde a la Abogacía del Estado analizar si la fórmula utilizada es respetuosa con la Constitución o si genera algún tipo de infracción.