La Audiencia Provincial de Cuenca ha condenado a Sergio Morate, a quien un jurado popular declaró culpable de los asesinatos de su exnovia Marina Okarinska y de la amiga de ésta, Laura del Hoyo, a 48 años de cárcel.

El presidente de la Audiencia Provincial de Cuenca, José Eduardo Martínez Mediavilla, ha dado a conocer la sentencia contra Morate, que ha seguido la lectura del fallo del juez por videoconferencia desde la cárcel de Estremera (Madrid) en la que está interno desde septiembre de 2015.

La sentencia, con fecha de hoy 7 de noviembre, ha sido leída en audiencia pública, ante una multitud de periodistas de todo el país en la Audiencia provincial de Cuenca, donde hace nueve días Morate fue considerado culpable por unanimidad de un doble delito de asesinato por un jurado popular.

El tribunal ha condenado a Morate a 25 años de cárcel, la máxima legal, por la muerte de Marina, al concurrir el agravante de parentesco y género. En el caso de Laura del Hoyo, Morate ha sido condenado a 23 años de cárcel. La sentencia recoge las peticiones de condena que formuló la Fiscalía en su escrito.

Indemnizaciones

Según ha argumentado, por el asesinato de Marina se añade para el acusado la prohibición de residir en Cuenca durante 10 años más allá de la pena impuesta y la prohibición, por el mismo tiempo, de acercarse a menos de 500 metros a cualquiera de los familiares directos de las víctimas, así como comunicarse con ellos también por diez años.

En el caso del asesinato de Laura, las mismas condiciones se le imponen por un tiempo de 8 años por encima de la pena impuesta. Además, tendrá que indemnizar con 50.000 euros al marido de Marina; con 120.000 euros cada uno de sus padres; y con otros 40.000 euros a su hermana. Por el asesinato de Laura del Hoyo deberá indemnizar con 120.000 euros a cada uno de sus padres, además de otros 40.000 euros a su hermana, lo que suma un total de 610.000 euros en indemnizaciones.

En cuanto a los fundamentos de derecho, considera la sentencia que en el caso de Marina existe además alevosía súbita, mientras que en la muerte de Laura "concurren todos los elementos para determinar que se trata de un delito de asesinato por forcejeo al intentar salir de la casa". En opinión del magistrado, darle muerte era "la única forma de asegurarse que no quedaran testigos del asesinato de Marina".

Así, ha explicado, "la pena debe ser la máxima legal tanto si concurren dos o un agravante". En todo caso, "no concurre la agravante de aprovechar las circunstancias del lugar porque no se trataba de un paraje solitario y distante".

El abuso de superioridad en el asesinato de Laura se corrobora "en base a informes forenses" ya que el puñetazo que le propinó en el pómulo "disminuyó de forma notable sus posibilidades de defensa".

Ha resaltado Martínez Mediavilla la "tremenda brutalidad y perversidad" del acusado así como su "falta de respeto a la ley". "Aunque sólo se hubiera apreciado una sola agravante entre parentesco y género, la pena a imponer debería ser la máxima legal por esa brutalidad y perversidad al esconder y enterrar los cadáveres".

También ha subrayado la "absoluta indiferencia y personalidad del acusado" y el "insoportable sufrimiento causado a las familias". Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Penal y Civil del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de 10 días.

Con esta condena, la Audiencia comparte la petición del Ministerio Fiscal, que consideraba probado que Sergio Morate, que ya había sido condenado por sentencia firme en 2008 por un delito de detención ilegal y amenazas en el seno de la violencia de género, mantuvo durante cuatro años y hasta el mes de marzo una relación con Marina Okarinska. Una vez que Marina puso fin a la relación, dicha decisión no fue asumida por el acusado, y se gestó desde entonces la idea de poner fin a su vida.