La euroorden, el mecanismo utilizado por el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, a petición de la Fiscalía, para el arresto y entrega de Carles Puigdemont y los cuatro exconsellers que huyeron a Bélgica en octubre, tiene que ser actualizado, para evitar discrepancias judiciales como las que se están produciendo con la judicatura alemana, que está va más allá de sus competencias al aplicar un marco legal que no se corresponde con el espíritu de la euroorden. Esta es una de las conclusiones a las que llegaron ayer cuatro expertos en distintos ámbitos del Derecho durante su participación en la mesa redonda "La euroorden de detención y entrega: reflexiones jurídicas a la luz del caso Puigdemont". También hubo otra conclusión: el expresidente catalán estaba y está tan bien asesorado jurídicamente que ha conseguido llevar la ley al límite.

Los ponentes en el debate, celebrado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Oviedo, fueron Benito Aláez, catedrático de Derecho Constitucional; Javier Fernández Teruelo, profesor titular y catedrático acreditado de Derecho Penal; Jesús Hernández Galilea, profesor titular de Derecho Procesal, y Javier González Vega, catedrático de Derecho Internacional. Pilar Jiménez Blanco, Profesora Titular de Universidad y catedrática acreditada actuó como moderadora.

Benito Aláez explicó que la euroorden se sustenta en dos principios: el de confianza mutua entre los estados miembros y el respeto a los derechos fundamentales. La resolución del tribunal alemán de solicitar más información a la justicia española antes de tomar una decisión sobre si entrega o no a Puigdemont es "cuando menos discutible", ya que "no tiene en cuenta el marco europeo, sino que busca la equivalencia con el delito de alta traición alemán como si los hechos fuesen penalmente relevantes para Alemania".

Javier Fernández Teruelo puso el acento en la interpretación de algunos términos jurídicos, como el de la violencia. "Existen elementos de lenguaje y pequeñas trampas jurídicas que nos pueden llevar a interpretar que existe y también que no existe". El profesor explicó que existen delitos a título indiciario que en el caso del proceso de Cataluña parece que se ha olvidado, pero cuyo grado de exigencia es menor para tomar determinadas medidas."Existen unas prisiones provisionales tan prolongadas que indican que se está yendo más allá, al dar a entender que para concederles la libertad tienen que renunciar a su carrera política, o a su ideología, y eso cuando menos es discutible". Según Teruelo, el Código Penal no contempla el supuesto que se dio en Cataluña y los juristas entienden que se intentó impedir la votación del referéndum del 1 de octubre, "pero la legislación no pensaba en que hubiera violencia ni en la conexión de los actos, ya que la sedición, al ser ilegal, sería inválida". Para el catedrático, que el Código Penal no prevea "este tipo de violencia en Cataluña no es imprevisión legal, sino que una existen una serie de mecanismos legales que avanzan con los hechos" y "probablemente aquel Gobierno catalán estaba muy asesorado para ir al límite y forzar al Gobierno de la nación a negociar. Pero no lo consiguen y por eso declaran la independencia pero ya no hay nada más, ahí se acabó el recorrido, y entonces salen corriendo porque entonces sí que entraría el Código Penal con todo su peso".

Jesús Hernández Galilea, profesor titular de Derecho Procesal, defendió que la causa debería llevarla el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, y no el Tribunal Supremo, ya que prevalece el aforamiento al haberse desarrollado los acontecimientos en ese ámbito territorial. Y señaló que "los jueces están en un potro de tortura, porque, por un lado, se les exige independencia y por otro sensibilidad con las circunstancias sociales". Pero en el caso de la euroorden dictada por el magistrado Llarena contra Puigdemont, "el juez (alemán) no tiene que hacer un antejuicio; sólo comprobar la punibilidad de hechos indiciarios, ni entrar a valorar ni pedir pruebas". Y advirtió de que si el expresidente catalán es entregado sólo por el delito de malversación, no podrá ser juzgado por el de sedición.

El catedrático de Derecho Internacional Javier González Vega explicó la diferencia entre la euroorden dictada contra Puigdemont y la extradición, que habría que aplicar a Marta Rovira, al estar en Suiza, país no integrado en la UE. En este caso, entraría la negociación política. Pero con Puigdemont, "los órganos judiciales deben actuar con independencia y es evidente que si no se le entrega, la confianza mutua se va a resentir, porque ya está malita", señaló.

Los juristas coincidieron en que la euroorden funciona correctamente con otros delitos, como el del tráfico de drogas. Pero el problema que ha planteado Puigdemont es nuevo para todos. "Alemania puede abrir la puerta a un espacio de libre circulación de prófugos sabiendo que nunca van a ser puestos a disposición de la justicia", advierte González Vega.