La Audiencia Nacional ha condenado al jefe de Gürtel, Francisco Correa, y a su número dos, Pablo Crespo, a tres años de cárcel por la adjudicación de tres contratos por parte del Ayuntamiento de Jerez para Fitur 2004, y ha absuelto por prescripción a los cinco funcionarios del consistorio acusados en esta causa.

La sentencia de la sección segunda de la Sala Penal atribuye a Correa y Crespo delitos continuados de falsedad cometida por funcionario público y prevaricación y los condena también a siete años de inhabilitación.

Los magistrados condenan asimismo a dos años y tres meses de prisión al exempleado de las empresas de Gürtel Javier Nombela, y a un año y dos meses de cárcel a Isabel Jordán, exadministradora de sociedades de la trama, por el mismo delito de falsedad cometido por funcionario público.

Quedan absueltos por prescripción José Enrique Agüera, exdirector del Instituto de Promoción y Desarrollo de la Ciudad (IPDC); Manuel Báez Guzmán, secretario general del Ayuntamiento de Jerez; Lourdes Montenegro, técnico superior en dicho organismo; Milagros Pérez Pérez, interventora del consistorio, y Milagros Abascal, interventora delegada del IPDC.

Pero la sentencia deja claro que sin ellos los hechos delictivos no se hubieran podido llevar a cabo, ya que fueron los encargados de confeccionar los expedientes falsos con los que se intentó dar apariencia de legalidad a las adjudicaciones a las empresas de Correa.

En el juicio declaró como testigo la alcaldesa de Jerez en el momento de los hechos, María José García-Pelayo, ahora diputada del PP, aunque la Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que reabra la causa contra ella por su presunta implicación en los hechos.

De acuerdo con la sentencia, Correa, aprovechándose de su amistad con el fallecido Isidro Cuberos, que estaba relacionado con cargos públicos del Ayuntamiento de Jerez, "obtuvo ilícitamente" para sus empresas Special Events y Down Town Consulting la adjudicación de tres contratos por importe de 214.028,71 euros para Fitur 2004.

Se trataba del montaje del expositor en la feria, un espectáculo ecuestre celebrado en la plaza Mayor de Madrid y otro espectáculo flamenco en los jardines de Cecilio Rodríguez, en el madrileño parque de El Retiro.

Fue "una adjudicación directa de forma verbal" que, según los magistrados, vulneró la normativa de contratación pública y sus principios de "publicidad, concurrencia, igualdad, objetividad y transparencia, que exigía la tramitación de un concurso público".

Una vez terminada la feria se procedió a elaborar los expedientes administrativos y contables necesarios para darle apariencia de legalidad, colocándoles fechas falsas.

Según la Sala, Isabel Jordán y Javier Nombela, siguiendo instrucciones de Correa y Crespo, confeccionaron también la documentación que sustentaba sus ofertas con fechas anteriores a las de su presentación real.

"Los expedientes confeccionados están plagados de ilegalidades y arbitrariedades para sortear los controles de legalidad", subrayan los jueces.

El caso de Jerez, en su opinión, es una manifestación más del modus operandi del llamado Grupo Correa en el periodo investigado, entre 1999 y 2009: Correa captaba el negocio y prestaba a sus empresas y su personal para una contratación "absolutamente ilegal en beneficio de las mismas y en definitiva, en el suyo propio".

En la sentencia se considera probado que los funcionarios municipales enjuiciados colaboraron en una adjudicación "totalmente ilegal y arbitraria" y con "pleno conocimiento" de lo que hacían, pero los absuelve porque el procedimiento se dirigió contra ellos cuando los hechos ya habían prescrito.

Todos ellos, añade la sentencia, tuvieron una contribución eficaz y decisiva en la elaboración de esos expedientes antedatados después de terminado Fitur, de forma "consciente y voluntaria" y "a sabiendas de su ilegalidad y arbitrariedad.

Se atribuye a los condenados el delito de prevaricación continuado ya que fueron tres los contratos otorgados de forma ilegal.

El delito se consuma con la última de las resoluciones dictadas para llevar a efecto las adjudicaciones ilegales y es a partir de ese momento cuando empieza a computar el plazo de la prescripción, que en octubre de 2004 pasó de diez a quince años.

Aunque los acusados del Grupo Correa no son funcionarios, la Sala, en línea con la Fiscalía, ve también probado el delito continuado de falsedad en documento oficial por funcionario público porque contribuyeron con sus informes a la confección formal de los expedientes administrativos antedatados por los funcionarios municipales.

El tribunal absuelve a los nueve acusados en la causa, tanto a los de la trama Gürtel como a los cinco funcionarios, del delito de fraude a la administración pública que les atribuían las acusaciones. Los cuatro responsables del Grupo Correa quedan también absueltos del delito de falsedad en documento mercantil por el que fueron juzgados.