El Tribunal Supremo ha suspendido la orden del Ministerio de Sanidad que establece la obligatoriedad de solicitar por vía telemática las plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de Medicina, Farmacia y Enfermería, entre otras, para la convocatoria 2019/2020.

Fuentes jurídicas han informado de que la Sala III ha estimado la petición formulada en un recurso de 31 participantes en el proceso de MIR contra la orden ministerial 411/2020, de 13 de mayo.

En concreto se suspende cautelarmente la obligatoriedad de adjudicación de las plazas por vía telemática y se ordena a la Administración que adopte las medidas necesarias para que pueda hacerse de forma presencial.

La suspensión cautelar será efectiva a partir del próximo lunes y surtirá efecto para los procesos de adjudicación que no estén iniciados en ese momento, en concreto el de medicina.

La orden ministerial afecta a la oferta de plazas de formación sanitaria especializada de las pruebas selectivas 2019/2020 para las titulaciones universitarias de Grado / Licenciatura / Diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.

Además, contempla la ampliación de 143 plazas, que se suman a las aprobadas en principio, 9.539, con lo que hacen un total de 9.682.

El acceso al trámite de solicitar plaza estaba previsto que se realizara a través de la sede electrónica del Ministerio con una solicitud por persona que iba a recoger, por orden de preferencia, todas las plazas a las que desee optar la persona interesada, sin poder optar a las plazas no recogidas en la solicitud.