La Fiscalía del Tribunal Supremo ha informado a la Sala Segunda en contra de las querellas presentadas por Vox y el partido Laócrata contra el ministro de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, en las que se le atribuía un delito de prevaricación por haberse reunido con la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez, en el aeropuerto madrileño Adolfo Suárez-Barajas. El informe sostiene que del contenido de las querellas "no se evidencia ni el dictado de una resolución administrativa, ni mucho menos su injusticia y arbitrariedad", lo que imposibilita el delito que imputaban a Ábalos.

El ministerio público argumenta que considera que no existen "indicios suficientes de que los hechos sean constitutivos de delito de prevaricación, así como su participación en los mismos", por lo que pide a la Sala ante la que los ministros son aforados que rechaza las querellas y "decrete el archivo de las actuaciones".

Las querellas atribuían a Ábalos un delito de prevaricación por haber prestado autorización para que Delcy Rodríguez "atravesara el espacio aéreo español y aterrizara" en el aeropuerto madrileño, pese a que "tenía prohibida su estancia y tránsito por el espacio europeo", a partir de "exclusivamente" de artículos de prensa, sobre todo la edición digital de Vozpopuli y en la "declaración notarial de un trabajador que ni siquiera especifica su puesto de trabajo, todo ello sin concretar mínimamente la participación del querellado en los hechos imputados".

El informe señala que "los querellantes, al margen de sus opiniones y sospechas, no concretan cuál es la resolución injusta y arbitraria dictada por el querellado, ni cuáles son los indicios de participación del querellado en la decisión que cuestionan desconociéndose incluso quién la tomó, ni mucho menos las razones de la misma, defecto de especial trascendencia dado que el delito de prevaricación se reserva para sancionar supuestos límite, en los que la actuación administrativa no sólo es ilegal, sino además injusta y arbitraria".

De ahí que la Fiscalía del Tribunal Supremo concluya que no se dan los indicios mínimos necesarios para abrir en la Sala Segunda una causa por delito de prevaricación, aunque precisa que su decisión afecta a las pesquisas que abiertas en el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid en relación con el encuentro entre Ábalos y Delcy Rodríguez.