El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) juzga este lunes por desobediencia al consejero de Acción Exterior, Bernat Solé, de ERC, para quien la Fiscalía pide año y medio de inhabilitación por facilitar el referéndum del 1-O en Agramunt (Lleida) desde la alcaldía.

La Fiscalía Superior pide para Solé un año y medio de inhabilitación y una multa de 24.000 euros por haber mantenido una "activa participación en la promoción, organización y celebración del ilegal referéndum" pese a "tener claro y cabal conocimiento" de la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional (TC).

"Fue uno de los responsables logísticos" del 1-O en Agramunt, sostiene el ministerio público en su escrito de acusación, en el que asevera que el ahora conseller cedió el colegio Macià-Companys, un centro de titularidad municipal, para la celebración de la votación.

Le acusa, además, de haber tomado "decisiones" durante el transcurso de la consulta para esconder las urnas y que éstas no fueran interceptadas por la policía.

Según la Fiscalía, Solé se encargó de ocultar las urnas cada vez que los "observadores colocados en puntos exteriores de la población" avisaban de la llegada de agentes, "por temor a que fueran descubiertas por la Policía encargada de impedir el acto", e incluso propuso a los componentes de las mesas electorales y organizadores "que la votación acabara una hora antes de lo acordado".

Asimismo, le acusa de participar el 25 de septiembre, con motivo del referéndum, en un acto organizado en el local municipal Teatre Casal d'Agramunt donde, tal como recoge un artículo publicado en una revista local, habría instado a acudir a votar el 1-O.

Sin embargo, afirma el fiscal, la Delegación del Gobierno en Cataluña ya le había comunicado la suspensión del TC mediante un correo electrónico y una carta certificada fechadas el 12 de septiembre, por lo que Solé sabía "de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que supusiera ignorar o eludir" dicha decisión.

Una notificación en la que, subraya el ministerio público, quedaba constancia de "las responsabilidades en las que podía incurrir en caso de no atender a lo ordenado por el alto tribunal", esto es, emprender cualquier iniciativa encaminada a llevar a cabo la votación.