Causa judicial
La Audiencia Nacional reabre la causa de Vitaldent, que irá a juicio
Algunos de los cargos prsentados contra la mepresa son pertenencia a organización criminal, defraudación tributaria, estafa, apropiación indebida y blanqueo de capitales

Una clínica de Vitaldent en Italia. / TURIN, ITALY, CIRCA SEPTEMBER 2017: Vitaldent: a dentist center.
EFE
La Audiencia Nacional ha admitido el recurso de apelación de la acusación particular contra el archivo de la causa de Vitaldent, que ha reabierto para que pueda abrirse juicio oral contra el empresario uruguayo Ernesto Colman y medio centenar de personas por el presunto fraude de las clínicas de ese grupo.
En un auto, al que ha tenido acceso Efe, la Audiencia deja sin efecto la decisión del juez Manuel García Castellón que en octubre archivó una causa que comenzó en 2013 por una denuncia de los franquiciados de Vitaldent y por la que Colman pasó 15 meses en prisión preventiva por presuntos delitos de organización criminal, blanqueo de capitales, falsedad documental, estafa y apropiación indebida.
Pero la acusación particular que dirige el despacho Rafael Franco Abogados presentó un recurso de apelación contra ese archivo y ahora la Audiencia ha decidido admitirlo para que el caso pueda juzgarse.
Así, da la razón a los recurrentes y considera "atinados" los argumentos de las acusaciones al entender que existe una "concurrencia de sólidos indicios de comisión presuntamente delictiva derivados de la dinámica empresarial protagonizada por el entramado Vitaldent".
"En efecto -subraya el auto-, la larga investigación desarrollada ha significado originar un cúmulo de indicios sobre supuesta perpetración de hechos, posiblemente constitutivos de los tipos penales de pertenencia a organización criminal, defraudación tributaria, estafa, apropiación indebida y blanqueo de capitales".
Aunque el tribunal, la Sección 4 de la Sala Penal, respeta pero no comparte las consideraciones del juez instructor del caso, reconoce que no termina de comprender "el drástico giro argumental" que dio.
Y cree el tribunal que la investigación llevada a cabo puso de manifiesto "la existencia de una unidad de propósito y dirección de los investigados que crearon y controlaban una estructura organizada con pretensiones de permanencia, dirigida por los encausados Ernesto Ramón Colman y Bartolo Conte".
Además, señala que en esa estructura cada uno de los implicados "protagonizaba un específico rol dentro de una operativa compleja, cuyo objetivo final era la comisión de fraudes masivos (de índole tributaria y contractual) y el blanqueo de los beneficios obtenidos".
Contrariamente a lo que mantiene el instructor, la Sala concluye que las concretas actividades desplegadas por los distintos investigados "pueden tener un evidente contenido jurídico penal".
Por ello, cree que debe concederse a las partes acusadoras la oportunidad de acudir a juicio.
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