La última polémica abierta en el seno de la Fiscalía, por la decisión de la fiscal general, Dolores Delgado, de insistir en el nombramiento de un fiscal afín para ser jefe del departamento de Menores pese al veto dictado hace unos meses por el Tribunal Supremo, tiene pocos visos de prosperar en los tribunales. Y ello pese al anuncio de nuevo recurso por parte de las asociaciones profesionales más crítica con su gestión.

La doctrina del propio Tribunal Supremo, según señalan a El Periódico de España fuentes jurídicas consultadas, viene resolviendo de forma favorable a respetar la discrecionalidad de los nombramientos de jueces por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuando los candidatos alcanzan cierto nivel de excelencia. Esta jurisprudencia, según las mismas fuentes, es perfectamente aplicable al caso del nombramiento por segunda vez de Eduardo Esteban como fiscal de Sala de Menores.

La última sentencia sobre este asunto es de hace tan solo unos días, el pasado 30 de mayo, cuando la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo rechazó el recurso de un magistrado de Asturias, José Ramón Chaves, contra el acuerdo del órgano de gobierno de los jueces que en diciembre de 2020 nombró presidente de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Asturias David Ordóñez.

Al igual que ocurre en el caso de los candidatos para fiscal jefe de menores, los dos magistrados que se disputaban este puesto acreditaban los requisitos legales y amplias capacidades, pero el CGPJ optó por Ordóñez al estimar que, además de sus conocimientos jurídicos, aportaba al puesto otras facultades como su experiencia docente, organizativa y en el propio CGPJ. Se trata de un caso muy parecido a lo ocurrido entre el candidato de Delgado y el propuesto por la mayoritaria asociación de Fiscales, José Miguel de la Rosa.

Amplio margen para elegir

En la sentencia del Supremo, a la que ha tenido acceso este diario, se rechaza la impugnación realizada por el candidato asturiano que fue discriminado y se señala que el nombramiento de Ordóñez estuvo suficientemente motivado, añadiendo que "se mantiene en el ámbito y amplio margen de discrecionalidad" que le corresponde al Consejo General del Poder Judicial al proveer los cargos con el candidato que considere más adecuado para la plaza a cubrir entre los candidatos que cumplan con los requisitos formales, y reúnan el mérito y la capacidad determinados.

Frente a ello, añade el Supremo, no puede prosperar "una comparación aislada y subjetiva de méritos, que niegue al Consejo General del Poder Judicial una razonable facultad de valoración del conjunto o una preferencia de uno o algunos de los méritos alegados".

Esta doctrina es muy similar a los argumentos empleados por Delgado en el informe de 22 páginas en el que motiva la elección de Esteban, en el que defiende sus amplios poderes para elegir a los fiscales que deben integrar la cúpula de la carrera, así como la necesidad de que le sean reconocidos "amplios márgenes de discrecionalidad en el ejercicio de sus facultades" siempre que respondan "a un fin lícito y legítimo". También señala Delgado en su informe que no la elección de fiscal jefe de Menores no es un mero concurso de méritos, sino "un nombramiento discrecional fundado en razones objetivos y no en una baremación de méritos computables. 

La fiscal señala asimismo sobre el candidato de la AF que no fue elegido, entre otras razones, porque "viene sosteniendo posturas" con las ella no se identifica en asuntos concretos. En su informe, Delgado aludía también a su "falta de sensibilidad" sobre perspectiva de género que sí presenta el fiscal elegido inicialmente.