Tribunales
El Supremo anula dos proyectos lingüísticos en Barcelona por incumplir el 25% de castellano
El alto tribunal reprocha al Gobierno catalán que no "ha fundamentado suficientemente" su recurso, pues "nada útil argumenta sobre el interés casacional" del caso que permita "apreciar la conveniencia de un pronunciamiento" del Supremo

Varios niños en un colegio de Barcelona. / EFE
Tono Calleja Flórez
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de los proyectos educativos de dos colegios catalanes que no cumplían el mínimo del 25% de las clases en castellano, según consta en dos providencias, a las que ha tenido acceso El Periódico de España, diario del mismo grupo, Prensa Ibérica, que este periódico. Las resoluciones inadmiten los recursos de casación que presentó la Generalitat de Cataluña contra las sentencias que dictó en marzo de 2021 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en las que tumbaba los planteamientos lingüísticos de los colegios Bogatell (Barcelona) y Josefina Ibáñez (Abrera).
El magistrado ponente de la decisión de la Sala, José Luis Requero Ibáñez, argumenta que el rechazo a admitir los recursos se debe a que el Gobierno catalán no "ha fundamentado suficientemente" su reclamación, pues "nada útil argumenta sobre el interés casacional" del caso que permita "apreciar la conveniencia de un pronunciamiento" del Supremo.
En concreto, el alto tribunal relata que la Generalitat "se limitó" a manifestar que, a su juicio, la doctrina fijada en la sentencia puede ser "gravemente dañosa" para los intereses generales; una argumentación que, para los magistrados, "carece de cualquier utilidad". Ese es el motivo por el que las providencias, ante las que no caben recurso, imponen al Gobierno catalán el pago de las costas judiciales, con un límite de 2.000 euros.
Referencias genéricas
El Supremo también ha reprochado que el Ejecutivo catalán afirme "que el recurso se proyecta de forma generalizada sobre el sistema lingüístico, sin otra acotación y matiz", una circunstancia que "no aparece debidamente cumplimentada sino por referencias en exceso genéricas e indeterminadas".
La Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) ha señalado en un tuit recogido por Europa Press: "El Tribunal Supremo ratifica la anulación de dos proyectos lingüísticos denunciados por AEB. El Supremo confirma que el castellano no puede ser excluido como lengua vehicular. Seguimos".
Escuela bilingüe
La presidenta de la Asamblea por una Escuela Bilingüe, Ana Losada, ha considerado la decisión judicial como "muy positiva", pues considera que "demuestra que independientemente de que estemos bloqueados con el 25 % los centros deben programar asignaturas en castellano".
"La gente se ha pensado que el 25 % no es válido", ha lamentado Losada, que ha recordado que el castellano "es lengua vehicular en la escuela catalana" porque lo marca la ley.
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