Las empresas privadas en general, y las de consultoría en particular, podrán participar en las acciones humanitarias sufragadas por el Gobierno y dirigidas por el Ministerio de Exteriores, si se aprueba como está previsto este jueves la nueva ley de cooperacióna cuyo dictamen ha tenido acceso este diario. El texto renueva la ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo de 1998. 

La acción humanitaria española incluye la respuesta de emergencia en desastres naturales, como el envío urgente de material de socorro o alimentos, la atención a las víctimas de los conflictos o la rehabilitación de los destrozos producidos por las guerras, entre otras tareas. Toda esta labor la dirige la Agencia Española de Cooperación y Desarrollo.

En la nueva ley se especifica que esa acción humanitaria puede ser llevada a cabo “por las Administraciones públicas directamente o bien a través de organizaciones humanitarias imparciales, otras organizaciones no gubernamentales, y organizaciones internacionales, en particular del sistema de Naciones Unidas y del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja”, y añade: “También podrá ser llevada a cabo por empresas privadas contratadas al efecto por dichos actores”.

Los concursos y "procesos de licitación de obras, suministros o servicios de las actividades de la cooperación española estarán abiertos al sector privado y a otros actores, como las ONGD [Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo], en la medida que contemplen objetivos específicos de tipo medioambiente, social u otros", añade el texto.

Esta última referencia es una de las modificaciones que la mayoría parlamentaria ha acordado durante el paso del proyecto legislativo por la Comisión de Exteriores del Congreso. En otra de las anotaciones se destaca en particular el papel de las empresas de consultoría como parte de la “asistencia técnica” para el cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible.

Además, se fomentarán “los partenariados y las alianzas público-privadas entre los órganos ejecutores de la cooperación española contemplados en esta ley y el sector privado empresarial y las entidades de la economía social” para la “mejora de las cadenas de valor, el suministro de bienes y servicios o la cooperación financiera”, entre otros. 

La participación de compañías en la acción humanitaria es una novedad de esta Ley de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, en caso de que finalmente sea aprobada, como prevén fuentes del Gobierno visto su paso sin incidencias por la Comisión de Exteriores. En la votación de la Comisión, el dictamen fue respaldado por 21 votos, entre ellos los del PSOE, Unidas Podemos y habituales aliados parlamentarios. El PP votó en contra. Fuentes del grupo popular han señalado que la decisión sobre el sentido de su voto este jueves aún no está tomada.

También es nuevo considerar como cooperantes a las personas que trabajen en consultoras privadas pero para proyectos humanitarios. “Se consideran personas cooperantes a los y las profesionales que trabajen tanto para el sector privado (ONGD, Fundaciones, Asociaciones, empresas consultoras, etcétera) como para el sector público (estatal, autonómico o local)”, y hay una mención especial sobre los “consultores” que hagan proyectos de desarrollo, que también serán “cooperantes” y estarán protegidos por el Estatuto de las Personas Cooperantes. 

Proyectos con dinero público

La acción humanitaria no debe confundirse con los proyectos de cooperación al desarrollo. Un caso típico de la primera es la asistencia a los habitantes de una zona devastada por un terremoto o un tsunami. Médicos sin Fronteras poniendo un hospital de campaña, por ejemplo. En esas circunstancias es extraño ver a compañías privadas. Los proyectos de cooperación al desarrollo, por su parte, son planes que no derivan de una catástrofe natural. Por ejemplo, llevar tendido eléctrico a una región remota o construir una escuela en una zona empobrecida. Para este segundo tipo ya se promocionaban alianzas público-privadas para el desarrollo (APPD), y se definen en todo su contexto en la nueva norma.

En este sentido, la ley especifica condiciones que las empresas privadas tienen que cumplir para poder conseguir licitaciones, contratos públicos o subvenciones de actividades de cooperación española. Así, el texto fija como “prioritario e indispensable” para la cooperación española “el respeto a la diversidad sexual y la protección y defensa de los derechos de las personas LGTBI”. En el mismo sentido, se destaca la exigencia de promover que “mujeres, adolescentes y niñas tengan un acceso libre e igualitario a los servicios sociales básicos, tales como la educación y la salud” y su protección “frente a todas las formas de violencia, en particular la mutilación genital”. Además, se prestará “especial consideración a la agricultura y la ganadería ecológicas, el comercio justo y la igualdad de género”.

Acción humanitaria de las comunidades autónomas

Uno de los puntos más enmendados de la propuesta del Gobierno es el epígrafe dedicado a definir qué tipo de cooperación exterior pueden llevar a cabo las Comunidades Autónomas por su cuenta, un punto de interés especial para los grupos independentistas y nacionalistas de Cataluña o País Vasco. 

La futura norma considera la política de cooperación para el desarrollo sostenible “un elemento integral, central y definitorio de la Acción Exterior del Estado”, pero reconoce que “dicha política no se agota en los elementos esenciales de las relaciones internacionales, por lo que, según reiterada jurisprudencia constitucional, existe amplio margen para la acción exterior de las Comunidades Autónomas en ejercicio de sus competencias”. Por ello reconoce a lo que llama “cooperación descentralizada” como una de las “señas de identidad y fortaleza de la cooperación al desarrollo sostenible española y expresión solidaria de sus respectivas sociedades”.

Pero será el Ministerio de Exteriores el que tenga la prerrogativa de elaborar los planes directores de esa acción exterior humanitaria. Deberán hacerlo escuchando a los distintos actores, “incluyendo a la cooperación descentralizada”, es decir, las Comunidades Autónomas. Luego deberán ser aprobados en el Congreso.

Estas Comunidades Autónomas no pueden salirse de sus competencias: “La acción de las comunidades autónomas en la cooperación para el desarrollo sostenible se desarrollará según sus respectivos Estatutos de Autonomía y leyes autonómicas”. Si cumplen este requisito, podrán participar de los programas de cooperación financiados por la Unión Europea “de modo consensuado con el Estado”.

La nueva norma, además, fija que España destine el 0,7% de la Renta Nacional Bruta a la Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) "en el horizonte del año 2030". El Gobierno se ha marcado como objetivo alcanzar el 0,5% para el final de la actual legislatura, aunque la previsión en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) es que en 2023 se alcance el 0,34%.