La carpeta judicial

Los indultos a los líderes del 'procés', pendientes del desenlace de la sedición

La Sala Tercera no se reunirá hasta mazo, después de que la de lo Penal revise la sentencia que condenó a los líderes independentistas

Los indultos a los líderes del 'procés', pendientes del desenlace de la sedición.

Los indultos a los líderes del 'procés', pendientes del desenlace de la sedición.

Ángeles Vázquez

En el 'procés' nada es sencillo. O al menos nada es tan sencillo como parece y episodios más o menos olvidados vuelven a la actualidad cuando el foco está puesto en otros. Eso es lo que ocurre con los recursos presentados ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo contra los indultos concedidos por el Gobierno a los líderes independentistas, cuyo futuro va ligado a la decisión que adopte la Sala de lo Penal al revisar su sentencia tras la derogación de la sedición y la reforma de la malversación.

Fuentes del alto tribunal han explicado a EL PERIÓDICO DE CATALUNYA, del grupo Prensa Ibérica, que la Sala de lo Contencioso-Administrativo no abordará las deliberaciones sobre los más de 60 recursos interpuestos contra las medidas de gracia hasta al menos marzo y siempre después de que el tribunal de la Sala Segunda haya revisado la sentencia que dictó en octubre de 2019, en la que condenó a los líderes independentistas a penas de hasta 13 años de cárcel.

El futuro de los indultos va ligado al de la sentencia que los provocó, porque en el hipotético caso de que el tribunal que preside Manuel Marchena considere que la sedición por la que condenó no puede ser sustituida por delito alguno, ello supondrá que los indultos dejaron de tener sentido y con ellos las impugnaciones, que serán archivadas por pérdida de objeto.

Eso ocurriría si los magistrados que condenaron hacen suyo el criterio de los condenados. Los dirigentes de Junts incluidos en la sentencia declinaron la posibilidad de hacer alegaciones, pero los de ERC, con su presidente, Oriol Junqueras, a la cabeza, han informado en el sentido de que debe declararse que no incurrieron en responsabilidad penal alguna por su actuación en el otoño de 2017.

Se basan en que sostienen que una vez derogada la sedición, su conducta no es trasladable al nuevo delito de desórdenes públicos agravados ni siquiera a una mera desobediencia. Como la condena por malversación se produjo en concurso medial, es decir, se entendió que era un medio para cometer la sedición, desaparecida esta, se borra el delito relativo al dinero público malversado. En cualquier caso, sostienen que este sería el nuevo tipo penado con hasta cuatro años de prisión y previsto para la utilización de dinero público a otros fines también públicos, un delito que existía en el último Código del franquismo y que derogó el socialista, de 1995.

La fiscalía, en cambio, sostiene que, derogada la sedición, sus actuaciones siguen siendo perseguibles con el nuevo delito de desórdenes y la malversación en su modalidad más grave que puede ser penada con hasta 12 años de cárcel, por lo que la situación de los penados con ambos delitos no ha cambiado apenas y no ven rebajada la inhabilitación que se les impuso; los que solo tenían sedición y eran miembros del Govern y la expresidenta del Parlament la ven reducida en un par de años. Los líderes de la Assemblea Nacional Catalana y de Òmnium Cultural son los más beneficiados con la reforma, porque ven reducida su pena de inhabilitación de nueve a cinco años, según propone la fiscalía, o a cuatro, para la Abogacía del Estado.

Víctima de las vacantes

La Sala de lo Contencioso confía en haber terminado la tramitación de todas las impugnaciones, con sus correspondientes alegaciones y la realización de las pruebas solicitadas, en marzo. Se prevé a Sala Segunda ya haya revisado su condena, lo que se prevé para como pronto a mediados de febrero.

Si esta mantiene las condenas, como pide la fiscalía, aunque sea por otros delitos, la Sala Tercera deberá decidir quién resuelve los recursos de los indultos: la Sección Quinta o el Pleno. Las fuentes consultadas señalan que el anterior presidente de lo Contencioso, César Tolosa, ahora magistrado del Tribunal Constitucional, era partidario de que fuera el pleno. Con su sustituto, Pablo Lucas, no está tan claro.

La propia composición de la Sección ha cambiado y lo volverá a hacer con la jubilación de Inés Huerta y el retorno de Ángeles Huet de la Sección Primera, de admisiones, a la Quinta. Otro de sus magistrados, Fernando Román, tendrá que hacer doblete y si el asunto se queda en la Sección aún habrá que decidir quién es el quinto magistrado que la compone.

De momento están el propio Román, Huet, Wenceslao Olea y Ángel Arozamena. El expresidente del CGPJ y del Supremo Carlos Lesmes se ha abstenido de participar por unas declaraciones que realizó en su día en relación con los indultos para guardar toda apariencia de imparcialidad. El quinto puede ser el presidente en funciones de la Sala Tercera o al que corresponda por turno de otras secciones.

En sus manos estará resolver unas impugnaciones que fueron rechazadas de plano, por falta de legitimación de los recurrentes. Esta decisión fue luego revocada por la propia Sección, al cambiar su composición, y no se descarta que vuelva a declarar la falta de legitimación de los recurrentes, pero no de plano, sino al entrar en el fondo del asunto, en la sentencia.

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