Choque en la coalición

Las claves de la reforma del PSOE a la ley del 'solo sí es sí'

Los socialistas reintroducen la necesidad de que haya "violencia o intimidación" para poner penas más graves

El portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López.

El portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López. / EP

Miguel Ángel Rodríguez

El acuerdo en el seno del Gobierno de coalición ha resultado imposible. Tras dos meses negociando en secreto y una semana de discrepancias públicas, PSOE y Unidas Podemos no han logrado entenderse para reformar la ley del 'solo sí es sí' y evitar que, en un futuro, los violadores sean castigados con penas más bajas, dado que las revisiones actuales de condena ya no se puede frenar. Ante el desacuerdo, los socialistas han registrado una proposición de ley en solitario, sin esperar a sus socios, con su propuesta sobre cómo se debe modificar la norma. Los morados ven "inexplicable" esta decisión y denuncian que se pretende volver al modelo anterior, como también plantea el PP. Pero, ¿cuál es la formula escogida por el PSOE?

La ley del 'solo sí es sí' se aprobó en agosto en el Congreso, pero no entró en vigor hasta mediados de octubre. Antes de que la norma estuviera vigente, el Código Penal hacía diferenciación entre dos delitos distintos: el de abuso y el de agresión. En el primero no había "violencia e intimidación".

Además, se consideraba abuso si había actos sexuales "no consentidos" que se ejecutaran "sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto".

Después de la ley

La intención del Gobierno fue acabar con esta diferenciación y que las penas no dependiesen de que la víctima se hubiera defendido y, por lo tanto, según Podemos, mediara "violencia o intimidación". Por ello, se juntaron ambos tipos bajo un único delito de agresión sexual. Así, la ley del 'solo sí es sí' establece que es culpable de "agresión sexualel que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento".

Además, señala que "sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona".

En la proposición del PSOE

La proposición de ley que ha registrado el PSOE recupera la diferenciación en las penas en función de si existe "violencia o intimidación", aunque deja tal cual el artículo donde se menciona el consentimiento. Mantiene el nombre de agresión sexual para todos los delitos, pero plantea penas más graves si el acto sexual se comete "empleando violencia o intimidación" o "sobre una víctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad".

Así, el delito básico de agresión sexual que está penado con 1 a 4 años de cárcel, pasaría a una pena de 1 a 5 años, y el delito agravado, con penetración, que actualmente va de 4 a 12 años, pasaría a estar castigado de 6 a 12 años si hubiera "violencia o intimidación".

El objetivo del PSOE es acabar con la rebaja de condenas que se están produciendo cuando los jueces revisan las penas impuestas con el Código Penal vigente antes de la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí' al aplicar la norma más beneficiosa para el reo; por lo que procede a subir ligeramente las penas. Aunque es consciente de que las revisiones actuales no se pueden frenar, sino que la reforma se aplicará a los delitos que se cometan cuando el nuevo retoque penal entre en vigor.

Otras cuestiones

Aún así, para curarse en salud y evitar que se repita la historia, la proposición de ley socialista dedica varias de sus 13 páginas a marcar a los jueces cómo debe procederse a la revisión de condenas cuando entre en vigor. También devuelve a los juzgados de lo Penal los delitos a menores en los que la ley de protección a la infancia aumentaba la inhabilitación prevista como castigo, lo que hacía que tuvieran que ser las Audiencias Provinciales las que los juzgaran, con el consiguiente aumento de trabajo y riesgo de dilaciones indeseadas que suponía.

Asimismo, en la propuesta se han introducido otras cuestiones alejadas de la polémica actual, como que se contemple como agravante que la agresión sexual la cometan más tipos de parientes (como los primos, que no figuraban como agravante en la ley 'sí es sí') y que se equiparen las penas para agresores menores y mayores de edad.

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