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La ley de amnistía provoca la suspensión de un primer juicio: el del bloqueo de las vías del AVE en Girona

La suspensión del juicio se ha producido a petición de las defensas, a la que se ha sumado la Abogacía del Estado

Mnifestantes cortan las vías del AVE en Girona.

Mnifestantes cortan las vías del AVE en Girona. / EFE

Ángeles Vázquez

La ley de amnistía aún no está en vigor, pero ya ha supuesto la suspensión de un juicio. El juez de lo Penal número 2 de Girona ha aplazado hasta noviembre del año que viene la vista que estaba prevista que se celebrara los próximos días 12 y 13 de diciembre por el corte de las vías del AVE con motivo del 1-O de 2018. En el banquillo se sientan cuatro de los 21 acusados iniciales para los que la fiscalía pide cuatro años de prisión.

La suspensión del juicio se ha producido a petición de las defensas, a la que se ha sumado la Abogacía del Estado. La Fiscalía se ha opuesto, como también hizo en la vista que se celebró en el Tribunal de Cuentas contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y otros 35 demandados por el 1-O y la acción exterior del Govern, cuando se planteó una petición semejante por parte de los abogados defensores.

El argumento del ministerio público es que no se puede aplicar una ley cuya tramitación parlamentaria acaba de comenzar y cuyo "contenido es incierto" porque aún puede ser modificado. Por su parte, los Servicios Jurídicos del Estado, que se apartaron del procedimiento por responsabilidad contable, se amparan en "el coste personal y material para todos los intervinientes y el principio de economía procesal".

Tras tener en cuenta que un testigo está ilocalizable y que sigue de baja el agente de los Mossos d'Esquadra por cuya enfermedad se suspendió un señalamiento anterior, la letrada de la administración de justicia procede a aplazar un año la vista. Declara que "aún cuando la ley de amnistía no se halla vigente en este momento, sí se encuentra en tramitación parlamentaria y en su actual redactado recoge, dentro de su ámbito objetivo, los hechos objeto de la presente causa por lo que, de prosperar su aprobación, habría hecho inútil la celebración de un juicio con tan alto coste material y personal".

Por ello considera más "juicioso posponer la fecha del juicio con un margen temporal suficiente para clarificar la situación legislativa de la proposición de ley citada, la localización del testigo y la recuperación del agente". De tal forma que se celebrará en noviembre del año que viene "sin perjuicio de una nueva suspensión si así resultare indicado por motivos de seguridad jurídica", aclara.