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Caso Koldo

La UCO certifica al Supremo la "autenticidad" de las grabaciones incautadas a Koldo

El juez Leopoldo Puente alude al informe de la Guardia Civil que descarta manipulaciones en el auto en el que deniega la libertad a Cerdán, mientras que la defensa esgrime la necesidad de más análisis

Koldo García sale del Tribunal Supremo

Koldo García sale del Tribunal Supremo / José Luis Roca

Madrid

La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil ha concluido su análisis de cuatro de los dispositivos incautados a Koldo García, asesor del exministro José Luis Ábalos, así como los audios que contienen, en el marco de la causa que investiga una presunta trama de adjudicación irregular de obra pública, y concluye que "no se han identificado trazas que evidencien alteraciones, manipulaciones o comportamientos anómalos" que apunten a ninguna manipulación de estas evidencias. En relación con cada una de las grabaciones analizadas, el informe al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO concluye que "no se han obtenido argumentos que desvirtúen la hipótesis de autenticidad".

Como resumen final del análisis de metadatos, estructura y formato de los archivos de audio, el informe especifica que no existen "argumentos que desvirtúen la hipótesis de autenticidad" de seis de los audios analizados; al mismo tiempo que en otros dos se especifica que hay una "diferente tasa de bits y frecuencia de muestreo que el resto de archivos" y "la inconsistencia de fecha del equipo con trazabilidad temporal directa".

Extracto del sumario en el que aparecen José Luis Ábalos y Koldo García Izaguirre.

Extracto del sumario en el que aparecen José Luis Ábalos y Koldo García Izaguirre. / EPE / GC

El informe, de carácter muy técnico, asegura concretamente sobre este particular que en dichos archivos "se produce una modificación de la frecuencia de muestreo, que pasa de 48000 Hz a 44100 Hz cuando se hace uso de la opción de Reemplazar (Replace) y no de la de Recortar (Trim). Igualmente, ocurre con la Tasa de bits nominal, que pasa de 64 kbps a 256 kbps". Concluyen los agentes que el hecho de que, "presumiblemente, por parte de la persona que realizó la grabación se haya hecho una edición en la misma nada más finalizar el registro", motiva que la fecha de codificación se produjese aproximadamente seis minutos después de lo que sería esperado en uno de los casos analizados.

Conclusiones de Puente

El instructor de la causa, Leopoldo Puente, alude al informe de la Guardia Civil que descarta manipulaciones en el auto dado a conocer este jueves en el que deniega la libertad a Cerdán. Concluye que, por lo tanto, "no existe en este momento el más mínimo indicio" de que las citadas grabaciones se realizaran "con el deliberado e inmediato propósito de confeccionar una prueba contra el investigado".

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VÍDEO: EL PERIÓDICO

Puente menciona igualmente que la defensa de Cerdán "parece sostener que los archivos de audio no se corresponderían con ninguna conversación real". Y, en este punto, revela que este extremo "también parece quedar desvirtuado por el contenido del informe pericial efectuado y aportado a la causa recientemente". Agrega que, efectivamente, "ya se cuenta en este momento en la presente causa especial con un informe pericial en cuyas conclusiones puede leerse: 'No se han identificado trazas que evidencien alteraciones, manipulaciones o comportamientos anómalos' en relación con los audios objeto de estudio".

Pero mientras que tanto Anticorrupción, en el informe en el que se oponía a la libertad de Santos Cerdán, como el magistrado en su auto dan plena credibilidad a las grabaciones, la defensa, que trabaja en su propio informe pericial, destaca los puntos en los que los agentes muestran sus dudas. Así "denuncian la falta de metadatos temporales que permitan fijar la fecha de creación de los archivos", lo que consideran que "abre la puerta" a la hipótesis fundamental en la que trabajan: que las grabaciones en las que se basa la acusación contra Cerdán fueron manipuladas.

Los abogados Benet Salellas y Jacobo Teijelo sostienen que el objeto de la pericia realizada por la UCO a petición del juez Puente es "muy limitado", a diferencia de la encargada por ellos mismos, que "es más metapericial" y permite "detectar las quiebras" existentes en los audios, que consideran "débiles e incompletos".

En este sentido, destacan que en uno de los archivos analizados, el EV23, "tiene una fecha de etiquetado que dista seis meses de la grabación y no se hace referencia a los metadatos" y en otro, el EV26, se dice que ni siquiera tiene metadatos, aunque los agentes precisan que eso es coherente con la grabadora Phillips que se intervino a Koldo en su domicilio. En cualquier caso, los investigadores consideran que "hay que realizar estudios posteriores de transitorios en ambos archivos", así como en el EV3.

De ahí que para la defensa el informe no pueda confirmar la autenticidad de las evidencias. En cuanto al 'estudio de escucha crítica', señalan que "en tres de las cuatro evidencias no se ha culminado el proceso de investigación", lo que significa que en "el 75% de las evidencias la pericial no confirma su autenticidad".

Lo cierto es que los agentes dejan en manos de la autoridad judicial "pronunciarse sobre la autenticidad o no de la grabación analizada". Explican que han valorado los resultados obtenidos "a la luz de dos hipótesis alternativas: una, la planteada normalmente por la fiscalía en el sentido de relacionarla con los hechos investigados, y dos, la correspondiente a la de la defensa, que pretende desvincularlos". Su valoración de la prueba se realiza a partir de los resultados obtenidos, no de las hipótesis formuladas, cuyas probabilidades de éxito "no pueden calcularse únicamente a partir de la información aportada en este informe".

Más adelante añaden que consideran "más probable observar los resultados del conjunto de los análisis de autenticidad efectuados sobre los archivos dubitados si la hipótesis de autenticidad es la que se considera verdadera". El juez Puente, no obstante, concede plena veracidad a los audios y descarta cualquier complot contra Cerdán, así como que Koldo García fuera un "agente provocador", puesto que las grabaciones se le intervinieron en su domicilio y nunca los aportó voluntariamente en el juzgado.

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