Caso Begoña Gómez
La Audiencia de Madrid anula el auto del juez Peinado en el que requería a la UCO analizar el rescate de Air Europa
Los magistrados critican que Peinado se basa en "meras sospechas" que no suponen "el más mínimo indicio que justifique su investigación"

La esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez. / EP
EP
La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado anular el auto del juez Juan Carlos Peinado que requería a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil un informe sobre el rescate de Air Europa en pandemia, estimando el recurso presentado por la defensa de Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno, y la Fiscalía.
En un auto, recogido por Europa Press, los magistrados dejan sin efecto la resolución del juez instructor del 'caso Begoña Gómez' al entender no tiene fundamentación o se refiere a noticias periodísticas que no se investigan en la causa, por lo que anulan "el requerimiento dirigido a la UCO".
Fue el pasado mayo cuando el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid confirmó su decisión de investigar el rescate de la aerolínea al entender que existe un "indicio delictivo" que "afecta directamente" a la esposa de Pedro Sánchez.
A su entender, "ya ha desaparecido ese carácter de mera conjetura, siendo desde luego, un indicio delictivo". "Y que, como se verá más adelante, afecta directamente, en cuanto a la participación en los mismos, de la investigada Begoña Gómez", expuso en el auto.
Para la Audiencia Provincial, "la resolución recurrida carece de la motivación necesaria" que venían exigiendo a Peinado en "anteriores resoluciones" como para "justificar una ampliación del objeto de la investigación".
Los magistrados señalan que, "como sostienen los recurrentes", el tribunal superior "ha mantenido" que, en el rescate de Air Europa, "la vinculación con la investigada Begoña Gómez parecía una simple conjetura, en relación a simples coincidencias de personales, temporales y lugar, salvo que pudieran aparecer datos objetivos que pudieran legitimar una investigación en ese sentido".
Al hilo, señalan que en un auto del pasado junio mencionaban el registro de llamadas realizado por Cristina Álvarez, la asesora de Gómez, y citaban "numerosas entidades con las que según parece había existido comunicaciones" y relación con el patrocinio de la cátedra" que codirigió Gómez, pero entre ellas no aparecía Air Europa-Globalia, precisan.
Investigación prospectiva
Los magistrados puntualizan que no pretenden "limitar o cercenar la libertad de criterio del juez de instrucción, en la investigación de los hechos sometidos a su indagación", pero apuntan que "debe dirigirse el esfuerzo investigador hacia lo que es objeto de este procedimiento, sin dirigirla hacia otros hechos que se están investigando por órganos superiores, en otros procedimientos".
Indican que en la resolución de Peinado recurrida por Gómez y la Fiscalía se hace referencia a conclusiones de otros procedimientos que se tramitan tanto en el Tribunal Supremo como en la Audiencia Nacional, "entre los que parece haberse hecho mención a la relación existente entre Javier Hidalgo, CEO de Air Europa-Globalia, con Begoña Gómez, por el rescate de ese grupo empresarial".
A su juicio, ello "no es procedente, al poder calificarse la investigación de prospectiva, ya que tal investigación se inicia de forma indeterminada, en búsqueda de posibles conductas delictivas sin una mínima concreción".
"Distinto sería de aquella que partiendo de una conducta racionalmente sospechosa (ejercicio de influencia o promesa de ejercicio para condicionar la toma de decisiones públicas a cambio de ventajas indebidas), inicia una amplia indagación que permita conocer con detalles todas aquellas circunstancias que pueda influir y determinar en su calificación", contraponen.
Según los magistrados, Peinado relata en su auto "lo que no dejan de ser meras sospechas sin constituir el más mínimo indicio que justifique su investigación". "La propia resolución hace referencia a unas noticias periodísticas en las que se comenta y dice que el rescate del grupo de empresas de Globalia se realizó, como aseguró el empresario Víctor de Aldama, a través de la mediación realizada por el ministro de Transportes José Luis Ábalos ante el Consejo de Ministros", añaden.
Consideran que la decisión del juez "carece de fundamentación", puesto que "se refiere a noticias periodísticas de hechos que no se investigan en este procedimiento", sino en otros "en los que se investigan otros hechos supuestamente cometidos por personas aforadas y que algunas de ellas pudieran tener relación con los investigados en este procedimiento, lo que no otorga competencia" a Peinado "para atraer a su competencia aquellos hechos que se investigan por órganos superiores".
Por último, advierten de que la falta de motivación de lo acordado por Peinado --investiga a Gómez y otras cuatro personas por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios en el sector privado, apropiación indebida, intrusismo y malversación-- afecta al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
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