Caso Koldo
El sombrío futuro que el Supremo apunta para Ábalos en caso de condena: no menos de 10 años de prisión inmediata y más causas pendientes
El magistrado advierte de todas las circunstancias que justifican el ingreso en prisión preventiva del que fuera secretario de Organización del PSOE
Ábalos y Koldo en el Supremo, en directo: el juez decreta prisión sin fianza

Ábalos acude a la vistilla en la que se decidirá si ingresa en prisión. / EFE
El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente dibuja en el auto que ha dictado ordenando el ingreso en prisión incondicional --sin fianza-- del exministro José Luis Ábalos un futuro sombrío para quien fuera también secretario de Organización del partido. Se espera una pronta celebración del juicio que le enfrenta a altas peticiones de cárcel por su implicación en el pelotazo millonario a través de las adjudicaciones de compra de mascarillas para Transportes en plena pandemia de covid y, de ser condenado, la pena no será inferior a diez años y además adquirirá firmeza de forma inmediata.
Así, el auto de 14 páginas dictado contra el que fuera mano derecha de Pedro Sánchez tras su elección como secretario General del PSOE incide en que, a juicio de todas las peticiones de prisión realizadas --24 años de cárcel pide para él la Fiscalía Anticorrupción, una cantidad de años que suben hasta los 30 las acusaciones populares-- el conjunto de las penas de cárcel que se podrían dictar contra él "significaría una sanción privativa de libertad de extensión no menor a los diez años de prisión (doce años y seis meses de prisión, precisó el Ministerio Público)".
Agrega el magistrado Puente que se cuenta con que el acto del juicio oral vaya a ser celebrado "en apenas unos meses" a partir de este jueves, y agrega que, dados esos plazos "no resultaría susceptible de recurso ordinario o extraordinario alguno ante la jurisdicción ordinaria, dando lugar a una inmediata declaración de firmeza y al cumplimiento, también inmediato, de las penas eventualmente impuestas, naturalmente para el caso de que la sentencia resultara ser condenatoria".

El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente / EP
"A mayor abundamiento", apunta igualmente, el juez del Supremo apunta que "no puede ignorarse tampoco que, además de en esta causa especial", Ábalos Meco ostenta la condición de investigado en la pieza separada en la que también está imputado su sucesor en el PSOE Santos Cerdán por presuntas adjudicaciones irregulares de obra pública "de la que igualmente podrían derivarse graves responsabilidades penales" para el exministro.
Sin sueldo
En otro fragmento del auto, el juez se refiere a que el propio Ábalos ha manifestado que el salario que percibe como diputado "resulta ser su actual medio de vida". Así, y al acordarse la prisión provisional, el hoy diputado del Grupo Mixto "podría perder el derecho a seguir percibiendo dicho salario, circunstancia que, evidentemente, se produciría también, dentro previsiblemente de pocos meses" en el caso de ser condenado. "Mal puede entenderse en esas circunstancias que la percepción de dicho salario le vincule de particular manera estable a nuestro país", agrega Puente en relación con este punto.
Sí observa el juez Puente, sin embargo, otras fuentes de ingresos de Ábalos. Así, apunta a los "contactos internacionales" de que puede disponer, y de "algún bien inmueble" en un país latinoamericano "no solo debido a que fuese socio fundador de la fundación Fiadelso, a la que podría continuar familiarmente vinculado", ni por las cantidades que pudiera obtener a través de su hijo mayor, Víctor.
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