El conductor de bus municipal que fumaba porros mientras hacía su ruta: un detective lo siguió y un juez respalda su despido
La empresa encargó un seguimiento privado tras la queja de una usuaria por olor a marihuana; la Policía Local hizo un control, halló hachís y el tribunal confirma la procedencia del despido disciplinario.

El conductor de bus municipal que fumaba porros mientras hacía su ruta: un detective lo siguió y un juez respalda su despido / LNE
Una queja de una pasajera por “fuerte olor” a marihuana en el puesto del conductor activó un operativo poco habitual en un conflicto laboral: la empresa encargó un informe de detective privado para comprobar si un chófer consumía cannabis durante la jornada. El seguimiento acabó con un control policial, un positivo de 172,3 ng/mL de THC en saliva y el hallazgo de dos “bellotas” de hachís. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla) respalda el despido: la conducta supuso una quiebra de confianza incompatible con llevar un autobús urbano lleno de viajeros.
La Sala de lo Social del TSJ de Andalucía ha confirmado hace unas semanas la sentencia que declaró procedente el despido disciplinario de un conductor-perceptor de transporte urbano en El Puerto de Santa María (Cádiz). La empresa lo echó el 6 de octubre de 2020 por una falta muy grave vinculada al consumo de drogas durante el servicio, y el trabajador recurrió sin éxito.
El detonante del caso fue una hoja de reclamaciones de una usuaria, presentada el 8 de agosto de 2020. La pasajera describió que al subir a la línea 6 notó “un fuerte olor” a “marihuana” procedente del conductor y afirmó que no era la primera vez; incluso relató que en otra ocasión el chófer se bajó en una parada y “fumó un porro” antes de continuar, lo que —decía— le hizo temer por la seguridad de los viajeros.
Ante la gravedad de la denuncia y antes de actuar, la empresa decidió comprobar los hechos de manera directa: “se decidió efectuar un seguimiento por un detective privado”, recoge literalmente la carta de despido. Ese informe describe que el 29 de agosto de 2020, durante el servicio, el conductor encendió cigarrillos de liar y adoptaba precauciones llamativas, ocultándolos cuando se acercaban transeúntes y guardándolos en el bolsillo.
Con la sospecha de que esos cigarrillos pudieran contener algo más que tabaco, el detective lo comunicó a la empresa y se avisó a la Policía Local. Los agentes interceptaron al conductor en plena ruta y le requirieron para un test de drogas; él accedió y manifestó que había fumado cannabis la noche anterior. El resultado fue positivo y, en el cacheo, le encontraron en la mochila dos “bellotas” de hachís, que él dijo que eran para consumo personal.
La resolución subraya un dato técnico clave: el laboratorio confirmó el positivo con una concentración de 172,3 ng/mL, cuando el umbral de positividad era de 2 ng/mL. La empresa sostuvo que esa cifra apuntaba a un consumo muy próximo al control, y el tribunal da por acreditado lo esencial: que el trabajador conducía un autobús urbano con presencia de THC en el organismo durante la jornada.
El conductor alegó vulneración de su derecho a la intimidad y defendió que el control debía haberse canalizado por servicios médicos y prevención de riesgos. La Sala rechaza el argumento y recuerda el marco legal de tráfico: “No puede circular… el conductor… con presencia de drogas en el organismo”, cita la sentencia al referirse a la normativa aplicable, y concluye que el atestado policial es un medio de prueba válido para acreditar los hechos.
Con todo ello, el TSJ confirma la procedencia del despido: lo sancionado no es una cuestión privada, sino una conducta de riesgo que rompe la confianza exigible a un profesional que transporta pasajeros. La sentencia remacha que, en estos casos, la transgresión de la buena fe contractual y la seguridad en el servicio hacen inviable mantener la relación laboral, y deja abierta la vía del recurso de casación para la unificación de doctrina.
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