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La Audiencia Nacional inadmite la querella contra Zapatero porque "no se ha aportado hecho alguno" que le relacione con el tráfico de drogas

El juez Piña decide en consonancia con la Fiscalía, que solo vio "conjeturas" y "deducciones infundadas" en la acción penal emprendida por Hazte Oír

Fotografía de archivo de una reunión en 2022 entre José Luis Rodríguez Zapatero y el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, en el Palacio de Miraflores (Caracas).

Fotografía de archivo de una reunión en 2022 entre José Luis Rodríguez Zapatero y el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, en el Palacio de Miraflores (Caracas). / Prensa de Miraflores / EFE

Cristina Gallardo

Cristina Gallardo

Madrid

En consonancia con lo manifestado por la Fiscalía Antidroga, el juez de la Audiencia Nacional Antonio Piña ha inadmitido la querella presentada por la asociación Hazte Oír contra el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por delitos de blanqueo de capitales, tráfico de drogas y pertenencia a organización criminal en relación con su vinculación con Nicolás Maduro y el régimen de Venezuela. Considera que "no se ha aportado hecho alguno" que pueda relacionarle con todos esos supuestos delitos.

El magistrado incide en su auto, que se extiende a lo largo de 7 páginas, en que "no puede sostenerse que la colaboración con el gobierno de Venezuela que en determinados ámbitos haya podido tener el señor Zapatero, sea suficiente para considerar que ayudaba de forma consciente al sostenimiento de una organización criminal", pues "debe distinguirse entre el gobierno venezolano y la supuesta implicación de determinados miembros de este en el tráfico de drogas".

El pasado 15 de enero, el Ministerio Público entregó un informe en el que descartaba la existencia del más mínimo indicio y solicitaba el archivo de las diligencias previas abiertas por el juez. En su informe, el fiscal Javier Redondo incidía en que "en la querella ni se describen mínimamente ni se imputan auténticos hechos de apariencia delictiva, sino se recogen conjeturas y deducciones infundadas y carentes del más mínimo sentido descriptivo ni apoyo fáctico alguno".

Ahora, el magistrado razona una resolución con fecha de este lunes que los hechos esgrimidos en la querella proceden de fuentes abiertas, especialmente de informaciones periodísticas, y apunta que no se han aportado indicios racionales de criminalidad que permitan abrir un procedimiento penal. Agrega que "no se puede confundir la creencia personal o popular con la existencia de hechos que tengan la entidad suficiente para la apertura de una causa penal".

Pagos de Venezuela

En este sentido, asegura que los delitos de blanqueo de capitales que se denuncian "lo son en base a informaciones de carácter periodístico, generalistas, sin que se precise con elementos indiciarios los hechos que se afirman". "No hay constancia de que (Zapatero) haya percibido cantidad alguna procedente del Gobierno de Venezuela", apunta.

Archivo - El secretario general del PSOE de 2000 a 2012 y presidente del Gobierno de España de 2004 a 2011, José Luis Rodríguez Zapatero, durante los premios Rosa Manzano

El secretario general del PSOE de 2000 a 2012 y presidente del Gobierno de España / Joaquin Corchero - Europa Press

Además, añade que "aún en el caso de que así se hubiese verificado, solo se podrían considerar como delictivas aquellas cantidades que hubiese percibido por su intervención en hechos ilícitos o por ser conocedor de que las cantidades que percibidas procedían de la comisión de un delito".

La querella presentada por la asociación provida apuntaba que la actuación del exdirigente socialista apuntaló la operativa de la presunta organización "narcoterrorista" de Nicolás Maduro, el conocido como 'Cártel de los Soles'. Igualmente, aludía a los "aspectos económicos" de la querella, que aludiendo a informaciones periodísticas hacía mención al "entorno patrimonial y empresarial" del expresidente y sus familiares con el mercado venezolano y operadores económicos vinculados al régimen chavista.

A este respecto, el juez Piña afirma que carece totalmente de prueba apuntar, como hacía la querella, que la relación del querellado con el régimen venezolano coincide temporalmente con un incremento sustancial y sostenido de la posición patrimonial de Rodríguez Zapatero desde al menos 2014, "pues ni se puede afirmar el incremento patrimonial que indica ni que el mismo tenga relación con una actividad delictiva, el blanqueo que se imputa".

Agrega que "suponer que este incremento procede de aportaciones realizadas por el gobierno venezolano y que además están tengan una motivación derivada del sustento de una actividad delictiva, no pasa de la mera suposición sin ningún dato real que permita establecer esa conexión, ni mínimamente en forma indiciaria". Por otra parte, subraya que "las informaciones patrimoniales que se acompañan, basadas en informacionesperiodísticas y diversas entrevistas realizadas por el exministro Ábalos y el que fuera su asesor en Transportes Koldo García "carecen también de relevancia penal"

Nicolás Maduro y Cilia Flores a su llegada en helicóptero a Nueva York

Nicolás Maduro y Cilia Flores a su llegada en helicóptero a Nueva York / Kyle Mazza-CNP / Zuma Press / ContactoPhoto

"Indictment"

La querella se articulaba en torno al "indictment" (escrito de acusación) hecho público por la Fiscalía de Estados Unidos en relación con Maduro, su esposa Cilia Flores y otras personas acusadas en dicho país, existe la posibilidad de trasladar a España la persecución de posibles responsabilidades del expresidente por su relación con el régimen chavista.

No obstante, el propio departamento de justicia de EE.UU., según advertía la propia Fiscalía Antidroga en su momento, ha eliminado las alusiones a la existencia este supuesto grupo narcocriminal en su último escrito de acusación contra el expresidente venezolano, dando a entender que no existe como tal. Ahora se habla de un "mero sistema de clientelismo" y de otras organizaciones que sí se consideran narcoterroristas con las que ni siquiera esta querella relaciona con Rodríguez Zapatero.

El juez advierte sobre todas estas circunstancias que "la imputación de Norteamérica al señor Maduro no ha sido objeto de condena" sino de simple imputación, sin que conozcamos los hechos en los que se desarrolla, su participación, el flujo de dinero y su blanqueo, es decir, "que no basta indicar que existe una acusación contra el Sr. Maduro para tildar a todo el gobierno venezolano de una organización criminal".

Investigación en el TPI

De hecho, el juez Piña recuerda que la calificación que se pueda realizar de la acción de gobierno que desarrolló el señor Maduro -- hoy detenido por EE.UU. -- en Venezuela "es objeto de análisis individualizado en el Tribunal Penal Internacional, y lo es desde la óptica de la vulneración de derechos fundamentales, no desde su supuesta actividad como narcotraficante".

Abundando en este aspecto, el juez español concluye que "el gobierno y las decisiones que se tomen en la dirección de un país no se identifican en todos los supuestos con la facilitación del tráfico de drogas, sino que hay otros muchos ámbitos en los que se adoptan decisiones políticas que ninguna relación mantienen con esa actividad". Así, concluye que "los flujos económicos y por y, por lo tanto, las cantidades que se puedan abonar por la colaboración en actividades lícitas no tienen procedencia ilícita".

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