Caso Púnica
La Audiencia Nacional facilita que el conseguidor de la Púnica evite la cárcel al rebajar su condena por amaños en eficiencia energética
Condenó a la multinacional Cofely y a seis exalcaldes madrileños por adjudicaciones a cambio de sobornos

David Marjaliza / EFE
La Audiencia Nacional ha accedido a aclarar algunos aspectos de la sentencia que dictó el pasado mes de diciembre en relación con una de las piezas de la trama Púnica, la que castigó los amaños en contratos de eficiencia energética por valor de 224 millones de euros que fueron adjudicados a la multinacional francesa Cofely en varios pueblos de Madrid entre 2012 y 2014, la mayoría con alcaldes del Partido Popular. Una de esas aclaraciones afecta de forma clara al constructor David Marjaliza, considerado "conseguidor" clave de la trama, que ve rebajada su condena desde los 8 a los 5 años de prisión porque inicialmente no se le aplicó bien la atenuante por su "especial contribución al esclarecimiento de los hechos".
Lo relevante de la decisión es que, al aplicar de nuevo esta circunstancia atenuante, ninguna de las condenas por los delitos atribuidos a Marjaliza, que eran los de organización criminal, fraude a la administración pública (en concurso con cohecho, prevaricación y falsedad documental) y blanqueo de capitales superan ahora los dos años de cárcel. Ello facilita que el empresario condenado pueda solicitar la suspensión de su entrada en prisión mientras se solventan los recursos que aún tiene oportunidad de presentar, señalan a EL PERIÓDICO fuentes jurídicas.
La resolución de la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional, a la que ha tenido acceso esta redacción, acepta rectificar un "error material" de la sentencia a la hora de determinar la pena impuesta a Marjaliza. Acepta, conforme a lo que solicitó Anticorrupción, que se debía rebajar en dos grados de la pena en abstracto que se impuso a Marjaliza por concurrir tres atenuantes, destacando su "especial contribución" al esclarecimiento de los hechos.
La Sala no discute que el delito más grave de los que forman el concurso delictivo atribuido al empresario es el de cohecho, pero igualmente en este caso se le aplica la denominada "exasperación punitiva" prevista en el Código Penal. De este modo, modifica el fallo concretamente en lo referido a los de delito de organización criminal y al concurso de delitos relacionados con la corrupción por los que ha sido condenado.
Varios concursos
Según detalló la sentencia, Marjaliza y los directivos de Cofely investigados actuaron mediante un grupo de sociedades instrumentales y testaferros con el fin de obtener la adjudicación de contratos de eficiencia energética en dichas entidades locales, por lo que participaban en varios concursos a la vez, en los que ofrecían o aceptaba acuerdos para beneficiar de forma irregular a las autoridades y técnicos que adjudicaban estos trabajos.

David Marjaliza / David Castro
Con respecto a Cofely, no sólo obtuvo datos de consumo y estado de las instalaciones antes de la licitación, sino que participó en la conformación del expediente administrativo mediante aportación de los elementos esenciales del contrato, como el precio, la fórmula de valoración económica, duración, criterios de valoración, en su propio interés. A esto se añade que en el cálculo del precio se incluían partidas de 'project' y de auditoría, que eran los dos mecanismos defraudatorios usados para canalizar el pago de las dádivas.
Condenados
En relación con esta pieza, la Audiencia condenó a un total de 29 personas físicas y jurídicas entre las que se encuentran varios exalcaldes, todos ellos del PP con excepción del exprimer edil socialista de Parla José María Fraile y del que fuera alcalde de Serranillos del Valle Antonio Sánchez, de la Unión Demócrata Madrileña.
También fue condenado el director general de Cofely Didier Roger Maurice y al director Comercial Constantino Álvarez por delitos de organización criminal y continuado de fraude a la Administración pública, continuado de prevaricación, continuado de cohecho y falsedad en documento mercantil por particulares; así como al fuerauera director Comercial de Cofely Pedro García Pérez. La empresa, como persona jurídica, también resultó condenada por delito continuado de cohecho.
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