Caso Koldo
Ábalos y Koldo piden su libertad para el juicio de las mascarillas en el que declararán los últimos detrás de Aldama
Plantean la indefensión que le genera estar en prisión para prepararse la vista oral de abril

Koldo García, a la salida del Tribunal Supremo. / José Luis Roca
Las defensas del ex ministro José Luis Ábalos y del que fuera su asesor Koldo García no han perdido el tiempo y este mismo lunes presentaban en el Tribunal Supremo varios escritos para reclamar su libertad provisional de cara a la celebración del primer juicio del caso al que el segundo da nombre, el relativo a la compra de mascarillas por organismos dependientes de Transportes. Basan su petición en el arraigo familiar que presentan y la indefensión que les genera estar presos mientras se desarrollen las sesiones, previstas de mañana y tarde.
Lo que ya sabe que el Supremo le concederá a Koldo García porque así aparece en el calendario fijado para las sesiones, es que tanto él como el que fuera su jefe declararán detrás del comisionista Víctor de Aldama, al que llama "ornitorrinco procesal", por su doble condición de acusado y testigo de la acusación.
En sus escritos, a los que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, la defensa de Ábalos pide su libertad "con las medidas de control que se estimen procedentes" con el fin de "garantizar el adecuado ejercicio de su derecho de defensa". El abogado Marino Turiel reitera la "complejidad y extensión" del calendario de sesiones fijadas por el Supremo para todo el mes de abril y argumenta que la situación de prisión de Ábalos le dificulta el examen conjunto de documentos, y más cuando el exministro "permanece sometido a un régimen de comunicaciones y visitas que, por su propia configuración, no permite un intercambio ágil, sostenido y suficientemente intenso con su dirección letrada".
La defensa de Ábalos también incide en la inexistencia de riesgo de fuga por su "arraigo familiar y social" y la "incidencia de los traslados penitenciarios y de la fatiga procesal" en el propio derecho de defensa. En un segundo escrito, Ábalos expresa su protesta por el hecho de que no se haya aceptado por los magistrados ni una sola de las pruebas que presentó en su descargo, entre las que se encontraba la citación como testigo del ministro del Interior Fernando Grande-Marlaska.
Por su parte, la abogada de Koldo García recuerda al "maestro Cobo del Rosal" que definió la situación en la que se encuentra Aldama "magistralmente" como la de un "ornitorrinco procesal", porque mantiene formalmente la condición de acusado, pero "actúa de facto ejerciendo una labor de acusación contra otros coimputados". El fiscal pide para él siete años de cárcel, mientras que para Ábalos la petición se eleva a 24 años y para Koldo García, a 19 años y medio.
"La ambigüedad de esta posición híbrida —que nada entre la defensa de sus intereses y la colaboración acusatoria— genera un riesgo evidente de indefensión para mi mandante. Por ello, bajo el principio de contradicción y para evitar que la defensa de don Koldo se vea sorprendida por imputaciones de quien no está sujeto al deber de veracidad pero actúa como brazo de la acusación, es indispensable que el señor Aldama declare en primer término", explica la letrada Leticia de la Hoz. El Supremo ha fijado las declaraciones de los tres acusados después de practicada toda la prueba del juicio, el próximo 28 de abril: primero declarará Aldama, luego Koldo y, por último, Ábalos.
Pulsera de localización
En el escrito en el que solicita su puesta en libertad, Koldo García se ofrece a llevar una pulsera de geolocalización permanente para conjurar el "extremo" riesgo de fuga, por el que el juez Leopoldo Puente le envió a prisión el pasado noviembre; también plantea que se le retire el pasaporte, y comparecencias diarias, si el tribunal lo considerara necesario. Argumenta que la duración del juicio, que se prolongará durante todo el mes de abril, y la abundante documentación existente en la causa, hace que su encarcelamiento le provoque indefensión por desigualdad de armas.
"A la complejidad técnica" del juicio y la necesidad de preparar de forma exhaustiva los interrogatorios, la defensa también esgrime que "el régimen de traslados desde el Centro Penitenciario de Soto del Real [...] implica levantarse de madrugada, largas esperas en calabozos de tránsito y traslados en furgón, lo que, sumado a vistas de mañana y tarde, impedirá" que Koldo García "asista al juicio en condiciones de lucidez y plenitud de facultades".
"Un acusado agotado físicamente por el régimen penitenciario no puede prestar la atención necesaria a la práctica de la prueba ni asistir eficazmente a su letrado en los interrogatorios, lo que constituye una 'indefensión de facto' que solo puede evitarse permitiendo que descanse y prepare las sesiones desde su domicilio", argumenta la defensa, que recuerda que tiene una niña en edad escolar y una madre dependiente, que le hacen tener un arraigo suficiente como para conjurar el riesgo de fuga que le mantiene preso.
En el caso de que su petición no sea estimada, solicita que el Supremo ordene a la cárcel que permita a Koldo acceder a un ordenador portátil con las actuaciones y que las entrevistas que mantenga con su abogada se puedan realizar en una sala sin mamparas, así como que se amplíen los horarios para poder verse y hablar por teléfono, con el fin de preparar el juicio.
Dudas sobre la investigación
La defensa también ha recurrido que se haya rechazado por el tribunal que juzgará el caso "la diligencia de investigación consistente en librar oficio a la Dirección General de la Guardia Civil, a fin de que informe sobre los accesos a bases de datos policiales relativos a don Koldo García" y otros vinculados a la causa, porque considera que "vulnera el derecho fundamental de defensa" con una "motivación constitucionalmente insuficiente".
El recurso explica que analizar ese acceso "tiene por objeto verificar si la investigación policial que ha dado origen a las presentes actuaciones se inició y desarrolló dentro de los límites legalmente establecidos", para lo que considera imprescindible comprobar "las fechas precisas en que se produjeron visualizaciones o accesos a las bases de datos policiales bajo su gestión, así como a cualesquiera otras fuentes de información manejadas" por los investigadores, como el Sistema Integrado de Gestión Operativa, Análisis y Seguridad Ciudadana (SIGO) o el Sistema de Registro de Investigaciones del CITCO y el SINVES-Aquila), en relación con Koldo, pero también respecto de su exmujer Patricia Úriz y su hermano Joseba.
También plantea que se informe de si se accedió a "registros mercantiles, datos catastrales, información de cuentas bancarias y cualesquiera otros datos a los que los funcionarios de la Guardia Civil tengan acceso en el ejercicio de sus funciones", lo que considera "directamente relevantes para determinar la licitud del origen de la investigación y, en consecuencia, para evaluar la validez del material probatorio incorporado al procedimiento".
El recurso critica que la resolución rechace la prueba solicitada y afirme "categóricamente que no ha existido investigación prospectiva" sin explicar "cuáles son los elementos de juicio que permiten alcanzar esa conclusión ni qué actuaciones policiales previas han sido verificadas para descartarla. La mera afirmación de que los hechos están 'perfectamente identificados' no equivale a una comprobación objetiva de la regularidad de los accesos policiales a bases de datos durante la fase preprocesal".
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