Investigación a la mujer del presidente
Los 'tirones de oreja" de la Audiencia de Madrid al juez del caso Begoña Gómez: pulir la instrucción para que llegue al banquillo
Las correcciones al juez Peinado han permitido levantar algunas imputaciones y vetar la línea de investigación por el rescate de Air Europa, pero nunca se han aceptado las solicitudes de archivo

Begoña Gómez y Juan Carlos Peinado / Nacho García

El grueso de instrucción del caso Begoña Gómez por parte del juez Juan Carlos Peinado parece haber llegado a su fin tras conocerse el auto en el que la esposa del presidente del Gobierno queda a un paso de sentarse ante un tribunal del jurado por cuatro delitos concretos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación de caudales públicos y apropiación indebida.
A lo largo de los dos años de pesquisas por parte del titular de la plaza número 41 de Instrucción de Madrid han sido continuas las correcciones a la instrucción a golpe de recursos de apelación presentados tanto por la Fiscalía de Madrid como por las defensas de la propia Begoña Gómez y el resto de imputados, si bien las respuestas de la Audiencia Provincial han ido más dirigidas a pulir la instrucción un tanto errática del titular de la plaza número 41 de Instrucción de Madrid que a atender las peticiones de archivo.
De hecho, una de las características que la según muchos "singular" instrucción del juez Peinado -- que deberá jubilarse de forma forzosa el próximo mes de septiembre, cuando cumple 72 años-- han sido los continuos 'tirones de oreja' por parte de sus compañeros de la Audiencia Provincial.
Para alguna de las defensas, sin embargo, estas revisiones están sirviendo más bien para marcar al juez el camino correcto, puesto que con la excepción de levantar algunas imputaciones y vetar la línea de investigación por el rescate de Air Europa las principales decisiones del instructor han sido refrendadas y se ha venido rechazando sistemáticamente todas las peticiones de archivo de la Fiscalía y la defensa.
Dejar fuera a Globalia
Entre las decisiones más destacadas, la dictada en octubre de 2024, cuando dio vía libre a todas las líneas de investigación emprendidas por el magistrado excepto en lo relativo a Globalia. La resolución calificaba de "meras conjeturas" las indagaciones relativas a esta parte de la causa, pero añadía un inciso: el rescate de Air Europa quedaba fuera "en tanto en cuanto no aparezcan hechos verdaderamente nuevos de contenido incriminatorio y valorados en resolución judicial motivada".
El magistrado trató de aferrarse a esta posibilidad de los "hechos nuevos" de todas las formas posibles, con el fin de tratar de acreditar una de las tesis que aparecían en la denuncia inicial que propició la apertura de estas diligencias: determinar si la esposa del presidente del Gobierno influyó en el pago de ayudas a Air Europa, que recibió una inyección de ayudas públicas que ascendió a un total 615 millones de euros.
Pese a vetar a Globalia, la Audiencia realizó una delimitación del procedimiento lo suficientemente amplia para dejar vía libre a la investigación de Peinado con respecto al resto de la causa. Se podrían investigar "todos los actos, conductas y comportamientos, que se han llevado a cabo por la investigada desde que su esposo es el presidente del Gobierno".
Permitía investigar, en suma, "toda aquella actividad desarrollada por la investigada en relación con el despegue de su actividad profesional, en principio, solo desde la ideación y creación de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva, y en relación con aquellos terceros (personas físicas, empresas o instituciones) que le han dado soporte, financiación, patrocinio, colaboración o ayuda, económica, logística, de formación, o de cualquier otro tipo".
Levantar imputaciones
Otras correcciones realizadas por la Audiencia Provincial pasaron por dejar exentos tanto al rector de la Universidad Joaquín Goyache --que pasó de testigo a imputado tras confesar que acudió a Moncloa para hablar de la creación de su cátedra por las condiciones restrictivas que imponía la pandemia en el centro académico -- ; como al directivo del IE Juan José Güemes. El también exconsejero del PP en Madrdid que se vio implicado después de que Peinado atribuyera a otra testigo unas manifestaciones que esta nunca realizó en relación con la contratación de Gómez para esta institución formativa. La Audiencia Provincial le obligó a desimputar a ambos.
Unos meses más tarde, en una resolución muy dura con respecto a la pieza separada por malversación --que ha sido finalmente unida a la principal- la Audiencia Provincial de Madrid llegó a referirse al "áurea de indudable influencia que como esposa del presidente del Gobierno" en Moncloa, una ida que Peinado reproduce en sus últimos escritos. Ello supuso un espaldarazo para la pieza separada abierta por Peinado por la presunta malversación relacionada con el uso privado de la asistente Cristina Álvarez en las gestiones para la financiación de la cátedra, unas pesquisas que finalmente han sido añadidas a la pieza principal.
Otra de las correcciones más importantes fue la que anuló la decisión inicial de Peinado de llevar este asunto ante el tribunal jurado. En esta resolución, conocida el pasado 23 de febrero, la Audiencia reclamaba "una mínima verificación" sobre la "consistencia" de sus acusaciones contra Begoña Gómez.
"Algunas de las imputaciones efectuadas (intrusismo y corrupción en los negocios), nunca impugnadas, exigen una mínima verificación sobre su consistencia, antes de continuar por nuevas fases del procedimiento, para permitir una mejor delimitación del objeto del procedimiento y facilitar las posibilidades de la defensa", dice la Audiencia madrileña, que evidencia su hartazgo con la instrucción de Peinado: "Sin ir más lejos hemos insistido de forma reiterada que el interés primordial de la instrucción debe recaer sobre los hechos [...] y no sobre calificaciones jurídicas", dice el ponente, Enrique Jesús Bergés de Ramón.
En concreto, continuaba el auto, las resoluciones con las que el juez Peinado pretendía llevar a los investigados ante el tribunal del jurado carecían "de la necesaria fundamentación", pues "únicamente se mencionan las personas contra las que se dirige, pero no se hace un relato que comprenda los indicios verosímiles a los que hacemos referencia, consecuentemente, se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva". El juez respondió unos días después con un escrito de 57 páginas en el que se extendía sobre los indicios e incidía en su intención de avanzar ante el tribunal del jurado volviendo a citar a acusados y abogados a una vista para comunicar esta decisión.
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