Tribunales
El Supremo rechaza llevar a la justicia europea el proceso de regularización de migrantes
El Alto Tribunal rechaza de nuevo aplicar medidas cautelares al decreto aprobado por el Gobierno
El PP lanza ofensiva parlamentaria exigiendo datos al Gobierno por la regularización de migrantes
Un total de 1.174.978 personas se acogen a la regularización de migrantes, más del doble de lo previsto por el Gobierno

Fachada del Tribunal Supremo. / EFE
El Tribunal Supremo ha rechazado llevar el proceso de regularización extraordinaria de inmigrantes aprobado por el Gobierno ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), como pedían la Comunidad Valenciana y Aragón, ambas presididas por el PP, y rechaza también suspender el real decreto del pasado 14 de abril por el que aprobó dicha regularización. El tribunal sigue así la estela del auto emitido a finales de mayo, donde rechazó las medidas cautelares solicitadas por Vox y la Comunidad de Madrid para suspender el proceso y paralizar la emisión de permisos temporales de residencia y empleo.
Ahora, vuelve a rechazar la adopción de medidas cautelares. Según la resolución que ha avanzado el Alto Tribunal, la Sección Quinta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha decidido "no adoptar la medida cautelar solicitada por la Generalitat Valenciana y la Comunidad Autónoma de Aragón consistente en la suspensión de la ejecutividad del Real Decreto impugnado", y se remite a las decisiones ya tomadas en mayo.
Uno de los principales argumentos que dio entonces es que, en caso de aplicar una suspensión cautelar, "resultarían afectados intereses de terceros", puesto que "la suspensión solicitada les determinaría a seguir en la situación de irregularidad administrativa". Es por ello, que el Alto Tribunal optó por permitir la continuidad del proceso. Una vez resueltas las cautelares, el Supremo tendrá que resolver sobre el fondo de los recursos.
El Supremo admitía en esa resolución que "la no suspensión del Real Decreto impugnado en este momento puede producir algunas situaciones consolidadas" hasta la resolución final sobre los recursos, pero advertía de que "nada obsta a la reversibilidad de los actos". Es decir, que los permisos provisionales pueden otorgarse provisionalmente y luego retirarse en caso de no cumplir los requisitos. Además, recordaba que estos permisos tienen una duración de un año, después del cual deberán renovarse.
Petición de alegaciones
La semana pasada, coincidiendo con el final del plazo para solicitar la regularización extraordinaria de migrantes, el Supremo planteó elevar una cuestión prejudicial sobre el proceso, valorando los argumentos ofrecidos por los recurrentes era que la norma española iba en contra de la legislación de la Unión Europea, que este mismo julio puso en marcha el Pacto Europeo de Migración y Asilo (PEMA), que amplía las restricciones de circulación para ciudadanos de terceros países.
En dos providencias dictadas por tres magistrados, Carlos Lesmes, Wenceslao Olea y Fernando Román, planteaban la posibilidad de elevar uan consulta a la justicia europea, al considerar que "el régimen de regularización establecido en las mencionadas normas adicionales del real decreto suscita la duda de si podría entrar en colisión con las normas que implementan el PMAUE", el Pacto de Migración y Asilo.
Así, se cuestionaban "si, pese a la vigencia de la Directiva de Retorno y su no trasposición por el Estado español, es admisible que quienes estén en situación irregular en España no se sometan a una orden de retorno, con las excepciones particulares que la misma norma comunitaria autoriza, sino que se les reconozca un derecho de residencia temporal con carácter general y por el mero hecho de la estancia irregular en España".
El Supremo dio cinco días a las partes para presentar alegaciones. El Gobierno respondió a través de la Abogacía del Estado, asegurando que la norma no contravenía el reglamento, ya que forma parte de la soberanía nacional y el ejercicio de las competencias del estado español, tal como confirmó en una entrevista a EL PERIÓDICO Pilar Cancela, secretaria de Estado de Migraciones.
Desde el Gobierno de Aragón, en su escrito al Supremo, sin embargo incidían en que el proceso generaba "inseguridad jurídica", informa Laura Carnicero. La vicepresidenta de Aragón, Mar Vaquero, reclamaba esa "paralización cautelar" para impedir avanzar "en unas resoluciones de dudosa legalidad, que podrían consolidar situaciones con claras repercusiones en los intereses de todos los aragoneses en el ámbito social, económico, sanitario y de vivienda y lo que se debería hacer sería aplazarlo en el tiempo". Sin embargo, el Alto Tribunal no ha estimado la petición aragonesa.
Finalmente, el tribunal ha acordado por unanimidad, y sin ningún voto particular, no elevar la cuestión prejudicial a la justicia europea, al considerar que, "atendidas las alegaciones de las partes, una vez acordada la no suspensión en los presentes autos, no resulta pertinente el planteamiento de dicha cuestión en este momento procesal".
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Fuente: El Periódico
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