Buenas noticias para los trabajadores: el Supremo avala que las empresas no puedan contar las faltas médicas o por conciliación para conceder el plus contra absentismo
Siempre que no genere un sesgo de género

Buenas noticias para los trabajadores: el Supremo avala que las empresas no puedan contar las faltas médicas o por conciliación para conceder el plus contra absentismo
Europa Press
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha avalado el derecho de una empresa a establecer un plus salarial en función de su absentismo laboral, siempre y cuando no genere un sesgo de género y la ausencia esté justificada.
Así se desprende de una sentencia del Supremo fechada a 20 de enero a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que se da la razón a la empresa Verallia y se desestima el fallo de enero de 2024 de la Audiencia Nacional, que obedece a una demanda de CGT, que solicitó declarar nulo el artículo 49 del Convenio Colectivo de la compañía que regulaba este plus por absentismo por ser discriminatorio por razones de sexo y enfermedad.
Dicho plus supone un incentivo a la mejora de la retribución mensual, de carácter individual, que se abona en función a las horas que un empleado ha dejado de asistir a su puesto de trabajo.
De esta manera, se cobraba el 100% de la cuantía correspondiente al centro de trabajo cuando los trabajadores habían tenido menos de 8 horas de ausencia en el mes, una cuantía que se rebajaba progresivamente hasta que el plus llegaba a un 0% en caso de una ausencia de 24 horas o más al mes.
El Supremo considera que de confirmar la sentencia de la Audiencia Nacional, el plus de productividad, calidad y asistencia al trabajo iba a quedar "desnaturalizado", por lo que ha dado la razón a la empresa al reconocer que es "lícito establecer un plus salarial para combatir el absentismo".
No obstante, el máximo órgano judicial insta a que este plus tenga en cuenta la discriminación de género que se puede producir en algunos casos en los que los permisos son disfrutados mayoritariamente por mujeres (cuidado de hijos o familiares enfermos), por lo que pide una interpretación "integradora" de la norma.
De igual manera, considera legítimas la ausencias no justificas para le aminoración de este plus, así como las ausencias por cambio de domicilio habitual o para concurrir a exámenes, en la medida en que no causen discriminación.
- Hallan un cadáver en la playa de San Lorenzo en Gijón
- Coronado, rey de Requejo: Mieres se convierte en el plató de una película protagonizada por el actor, con gran expectación en la calle
- Del Juzgado, a dormir en la calle: el hombre que convivió con el cadáver de su madre en su piso de La Corredoria pasó la noche del jueves bajo un puente
- Un acertante del Euromillones gana casi 400.000 euros en el Oriente: aquí se selló el boleto
- Este es el número de programas que faltan para conocer al ganador de Pasapalabra: el quinto vencedor que se suma a la lista de nombres ilustres del concurso
- Habla Juanele, que se crio a apenas '200 metros de la casa de los padres de Cote': 'En Roces estamos orgullosos de José Ángel
- La industria asturiana se rearma: habrá cinco fábricas de defensa con los nuevos proyectos de Indra, Tess y el grupo Escribano
- Buscan en Gijón a un avilesino de 43 años con un 65 por ciento de discapacidad y desaparecido desde el viernes