¿Parado, sin hijos y mayor de 30 años? Tienes derecho al Ingreso Mínimo Vital si cumples estos requisitos

¿Parado, sin hijos y mayor de 30 años? Tienes derecho al Ingreso Mínimo Vital si cumples estos requisitos

¿Parado, sin hijos y mayor de 30 años? Tienes derecho al Ingreso Mínimo Vital si cumples estos requisitos

Jaime Pérez

Pese a que mucho se ha hablado del Ingreso Mínimo Vital (IMV) desde que se implementó en 2020, hay muchas vías poco conocidas para poder acceder a la ayudas. Una de ellas es la que tiene que ver con los mayores de 30 años que estén en situación de desempleo.

Según la Ley 19/2021 si has pasado esta barrera y llevas al menos un año residiendo fuera del domicilio de tus padres, puedes solicitar la prestación aunque vivas solo y no tengas cargas familiares.

El matiz de la independencia residencial de doce meses es la gran puerta de entrada para miles de adultos que rondan la treintena o la superan y atraviesan un bache laboral. A diferencia del tramo de 23 a 29 años, al que se exige demostrar dos años de vida autónoma, quienes ya han cumplido 30 solo tienen que acreditar un año de empadronamiento o contrato de alquiler a su nombre.No es un detalle menor, ya que, según los últimos datos del INE, casi 900.000 personas de 30 a 40 años viven solas en España y una parte significativa encaja en los umbrales económicos fijados por la Seguridad Social.

Requisitos

La ley pide tres grandes comprobaciones: edadresidencia y vulnerabilidad económica.

La primera es sencilla: tener entre 30 y 65 años (si ya cobras pensión no aplica). La segunda exige haber vivido legal y de forma continuada en España los doce meses previos. Y la tercera parte de un tope claro: ingresar menos de 7 905 euros al año y no superar los 23.700 euros de patrimonio neto (la vivienda donde duermes no cuenta).Si tus números encajan, la Seguridad Social compensará la diferencia hasta alcanzar la renta garantizada de 658,81 euros mensuales fijada para 2025.

Documentación

Muchos solicitantes se atascan aquí. La Seguridad Social no se conforma con la palabra: pide un certificado de empadronamiento histórico que pruebe tu dirección durante el último año y, si alquilas, el contrato sellado o los recibos bancarios que lo respalden.

Si eres propietario, bastará con el IBI o la nota simple. Añade tu DNI, los extractos de ingresos facilitados por la Agencia Tributaria y un simple pantallazo del saldo medio de tus cuentas.

Con la carpeta completa, puedes elegir entre la Sede Electrónica, el formulario sin certificado (subes fotos y firmas online), la cita en un CAISS o el viejo correo administrativo. Quien lo hace por vía digital suele recibir respuesta positiva o negativa en mes y medio, pero el plazo legal es de 90 días.

¿Y después?

El IMV no es un ingreso “para siempre”. Cada primavera, Hacienda cruza tus datos y la Seguridad Social revisa si sigues dentro de los límites.

Tendrás que presentar declaración de la renta, comunicar cualquier mudanza o pico de ingresos en un plazo de 30 días y, si te llaman, asistir a cursos de inserción o empleabilidad diseñados por los servicios sociales.

El objetivo no es que dependas de la ayuda, sino que vuelvas al mercado laboral con cierta red de seguridad.

Si estás en esta situación, cada mes que dejes pasar es dinero que pierdes. Haz la prueba en el simulador oficial, reúne la documentación y da el paso: la red existe y puede ser tuya.

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