M. CASTRO

Dos años y siete meses después de que el ex concejal del PP Juan Carlos Santos hubiera solicitado que el Pleno debatiera la creación de una comisión de investigación sobre el supuesto nepotismo en Emtusa, la alcaldesa, Paz Fernández Felgueroso, tendrá que incluir el asunto en el orden del día del próximo Pleno municipal. No lo hará por gusto. Así se lo obliga una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que condena en costas al Ayuntamiento. La administración local tendrá que pagar, así, tanto al abogado externo que contrató como al del PP, el también concejal Pedro Muñiz.

El 22 de octubre de 2004 el PP presentó en el registro municipal la solicitud para llevar al Pleno la propuesta para crear una comisión no permanente para esclarecer y estudiar las contrataciones de personal en Emtusa en las tres convocatorias anteriores. Lo hizo en pleno fragor del escándalo por la supuesta contratación de familiares de sindicalistas y personas afines, una supuesta trama de nepotismo en la que se atribuía un papel relevante a un sindicalista, entonces dirigente de UGT y aún hoy destacado militante del PSOE y persona afín en el partido a su secretario general y ex presidente de Emtusa, José Manuel Sariego. Andecha Astur llevó el caso ante la fiscalía, que le dio carpetazo.

La Alcaldesa se negó a debatir en el Pleno la creación de aquella comisión alegando que Emtusa es una sociedad anónima y remitiendo al PP a la comisión de sugerencias y reclamaciones de la empresa. En julio de 2006 el Juzgado de lo contencioso de Gijón dio la razón al PP y ahora el TSJA ha ratificado la sentencia, condenando en costas al Ayuntamiento. Los argumentos de los magistrados son que Emtusa es propiedad al cien por ciento del Ayuntamiento y además ofrece un servicio público, por lo que, aunque sea una sociedad anónima, no está exenta del «control jurídico público». Agrega que el reglamento orgánico de funcionamiento del Ayuntamiento también establece que es competencia del Pleno la constitución de comisiones no permanentes. La sentencia considera que la decisión de la Alcaldesa para impedir la iniciativa del PP vulneró el artículo 23.2 de la Constitución española.

El PP solicita el 22 de octubre de 2004 que el Pleno se pronuncie sobre la creación de una comisión sobre el supuesto nepotismo en Emtusa.

Negativa

La Alcaldesa veta que el asunto llegue al Pleno, alegando que Emtusa es una sociedad anónima y remite al PP a la comisión de sugerencias y reclamaciones de la empresa.

Tribunales

El PP recurre en el Juzgado la decisión de Felgueroso. El 21 de julio de 2006 el juez de lo contencioso les da la razón a los populares

Costas

El gobierno local recurre y el TSJA ratifica la sentencia, condenando en costas al Ayuntamiento.