M. CASTRO

La entrada en servicio de la regasificadora de El Musel, que estaba prevista para comienzos de 2013, era prácticamente inviable aunque el Gobierno no hubiera decidido retrasar, sin nueva fecha prevista, la autorización para que entrara en servicio la instalación. El motivo es que la empresa gasista está obligada a efectuar y tramitar un estudio de impacto ambiental del gasoducto Musel-Llanera, un tubo de 17,1 kilómetros de longitud y 762 milímetros de anchura que permitiría inyectar en la red nacional el metano que se descargue en el puerto gijonés. Tras el contencioso interpuesto por la Asociación de Amigos y Vecinos de Llanes (AVALL), un auto del Tribunal Supremo del pasado 30 de junio obliga a Enagás a realizar ese estudio, sin que hasta la fecha haya iniciado la tramitación administrativa del mismo, indican desde la asociación.

Enagás ultima la obra de la regasificadora, con una inversión de 380 millones de euros, y también construye el tramo de gasoducto en terreno portuario. De momento, no podrá prolongarlo. La tramitación administrativa de un estudio de impacto ambiental, que incluye la presentación de varias alternativas, información pública, alegaciones, resolución de las mismas y posibles nuevos pleitos, suele prolongarse de dos a cuatro años. Sobre todo, si acaba provocando una modificación de los planes previstos por la empresa, como parece desprenderse de la resolución judicial, que pone en cuestión la mitad del trazado previsto debido a que transcurre en paralelo al gasoducto de la red por la que ahora llega el gas natural a Gijón, con lo que se multiplican sus efectos sobre los espacios naturales que atraviesa.

En octubre de 2010 la Audiencia Nacional ya había dado la razón a AVALL, con una sentencia que anulaba la resolución de julio de 2008 del Ministerio de Medio Ambiente que eximía el proyecto del estudio de impacto ambiental, «ordenando al órgano ambiental a que someta este proyecto a procedimiento de evaluación de impacto ambiental». La sentencia es firme desde el 30 de junio de 2011, cuando un auto del Tribunal Supremo no admitió el recurso de casación por un defecto en la forma en que anunció su presentación el Abogado del Estado.

En la sentencia de la Audiencia, firme hace diez meses, ha sido clave el informe de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Norte (perteneciente al Ministerio de Medio Ambiente), que cuestiona la falta de alternativas al trazado previsto o, al menos, la falta de información de las mismas. Añade que la infraestructura «implica impactos de considerables intensidad y persistencia», afectando en un 10% de su trazado «a varios hábitats» de interés para la UE. El informe agrega que la franja de servidumbre para la tubería (4 metros de ancho) tendrá un grave impacto al fragmentar esas zonas, en algunos casos multiplicado por ir en paralelo al gasoducto que trae el metano a Gijón.