A. R.

La indemnización lograda por los viajeros gijoneses tiene enjundia por su cuantía y por las consideraciones que hace el juez. Por la cuantía porque, como recuerda Dan Martín, abogado de Retrasos.net -entidad especializada en los derechos del pasajero aéreo que fue quien llevó el caso-, el viaje al que se refiere la sentencia y que contrataron los implicados era de sólo cuatro días de duración y tenía un coste de entre 670 y 980 euros. Lo que supone que en concepto de daños el juez ha estimado una indemnización que casi alcanza el 50% del precio total.

Y por las consideraciones porque el magistrado rechaza de plano que los documentos que puede llegar a firmar un cliente, para que le devuelvan el dinero de un viaje que no se llega a realizar por incumplimientos graves, puedan suponer su renuncia expresa a ejercer otras acciones legales complementarias. «No es la primera vez que se da un fallo judicial como éste de Gijón, pero yo no había visto hasta ahora ningún fallo en el que se contemplara la indemnización por daños y perjuicios, pese a haber documentos de renuncia firmados, como había aquí», indicó Dan Miró. Para el abogado, además, estas sentencias tienen el valor de «ayudar a que, cada vez más, se tengan en cuenta los derechos de los consumidores. Entre otras cosas, esos derechos recogen que los mayoristas y minoristas de viajes tienen la obligación de informar a los viajeros de cómo ser compensados ante casos de incumplimientos, pero por lo general en vez de informar, desinforman».