A. RUBIERA

Catorce viajeros asturianos que en abril del 2009 vivieron como una pesadilla y una frustración el que iba a ser un viaje de placer y relax a Praga han conseguido que, tres años después, un magistrado gijonés considere que son merecedores de una indemnización de 5.600 euros -400 euros por persona- por los daños morales y los perjuicios que les causó quedar «tirados» casi diez horas en el aeropuerto asturiano de Santiago del Monte.

El magistrado del juzgado de lo Mercantil número 3 de Oviedo, con sede en Gijón, acaba de resolver que las empresas Politours S. A. y Travelplan S. A. U., mayorista y minorista de viajes que habían organizado y contratado conjuntamente aquel día el vuelo charter a Praga, deben ahora resarcir a los afectados. Y deben hacerlo, pese a que la mayoría de los clientes renunció al viaje a causa del gran retraso en la salida -ya que casi suponía haber perdido uno de los cuatro días del viaje- y a que se les reembolsó íntegramente el dinero.

Precisamente los representantes legales de las empresas implicadas en la demanda se aferraban esa devolución del dinero que hicieron efectiva de forma inmediata para contestar negativamente a la reclamación por daños que presentaban los afectados asturianos. Consideraban las empresas que con el reintegro del dinero quedaba zanjado el tema, entre otras cosas porque hicieron firmar a los clientes unos documentos de recepción de cantidades que incluían la cláusula de la renuncia al ejercicio de otras acciones legales.

«No podemos admitir que tales disposiciones supongan una verdadera renuncia», dice el magistrado del juzgado gijonés, Francisco Pañeda, que recuerda que la devolución del precio del viaje es un derecho del consumidor que está perfectamente recogido en los contratos cuando ocurren determinados incumplimientos graves, «siendo perfectamente válida la reclamación judicial que efectúan los actores en el caso de autos».

El fallo judicial se podría decir que ha compensado a los viajeros más tozudos de los 143 que el día 9 de abril de 2009 pensaban coger un vuelo charter con destino a Praga, para disfrutar de un viaje combinado de cuatro días en Centroeuropa. Tras casi diez horas de espera en el aeropuerto de Asturias «sin asistencia alguna al pasajero», como se recoge en la sentencia, y sufriendo las consecuencias de una sucesión de hechos lamentables -la principal, que la compañía que operaba el vuelo no tenía dinero para pagar el combustible-, al final sólo viajaron a Praga 53 asturianos, optando el resto por pasar las vacaciones de Semana Santa en sus casas. Aunque inicialmente pusieron en marcha la demanda la mayoría de los viajeros, la devolución del dinero y la firma de los documentos en los que se recogía la renuncia a iniciar otras acciones legales llevó a la mayoría de los afectados a retirarse de la demanda. «Esa es una forma de proceder muy típica, que supone casi una coacción; ahora se ve que la firma de esos documentos es nula de pleno derecho y es muy bueno que los tribunales lo reconozcan así, para que mucha más gente tenga claros sus derechos como consumidores», indicó Dan Miró, abogado de los viajeros afectados.