La sentencia de la sección octava de la Audiencia Provincial de Asturias en la que se condena a 17 años de cárcel a la vecina de La Calzada acusada de acabar con la vida de su bebé -un niño de dos meses fallecido víctima de malos tratos-, relata pormenorizadamente las agresiones físicas a las que la condenada llegó a someter al pequeño. Los magistrados aseguran en el fallo, al que ha tenido acceso este periódico y del que por el momento sólo se conocía la pena impuesta, que la mujer llevaba meses sometiendo a sus hijos a malos tratos continuos. Quería que dejaran de llorar y para ello les zarandeaba y les pegaba. La peor parte se la llevó el bebé que fallecería como consecuencia de las agresiones que le propinaba su propia madre, una mujer que llegó incluso, en palabras de los jueces encargados del caso, a sacar al pequeño de la cuna agarrándolo por las orejas.

Los episodios violentos que tuvieron lugar en un piso de la calle Elduayen de La Calzada se produjeron, tal y como relatan los jueces, como consecuencia del estado de "agobio y nerviosismo" en el que vivía la procesada. Marián O. G., de 40 años, reconoció desde el banquillo de los acusados tener problemas con el alcohol y alucinaciones. En el momento del fallecimiento de su hijo hacía varios meses que la gijonesa ya había renunciado a cuidar a su tercer vástago, un niño de 9 años que vivía con sus abuelos en el mismo barrio de la zona oeste. "Aún a pesar de que se presentaba la posibilidad de que su comportamiento podría provocarles graves lesiones e incluso la muerte, la acusada solía someter a sus hijos a malos tratos, agresiones y fuertes zarandeos", argumenta el tribunal. Fue en el mes de marzo cuando se agravaron las agresiones contra el pequeño ahora fallecido y que por aquel entonces no había cumplido los dos meses. "Ante los llanos del niño la mujer lo sacó de la cuna en repetidas ocasiones cogiéndole de los brazos, de las orejas e incluso del cuello y clavándole con fuerza las uñas para que callara", se asegura en la sentencia. La gijonesa abofeteaba al niño y golpeaba su cabeza contra el borde de la cuna "asumiendo la posibilidad del fallecimiento del menor a causa de tal maltrato".

El relato de las penurias soportadas por el bebé no se justifica, critican los magistrados de la sección octava de la Audiencia Provincial de Asturias, ni tan siquiera teniendo en cuenta la "capacidad intelectual límite" y la ligera "alteración de la realidad" que padecía la mujer condenada, una gijonesa que necesita, recalcan, la "pseudo tutela de terceras personas".

Las agresiones que sufría el bebé no terminaron hasta el 5 de marzo. Alrededor de las nueve y media de la mañana el tío de los pequeños encontró entonces a su sobrino con el ojo hinchado durante una visita al domicilio familiar. "El bebé no miraba cuando se le hablaba ni reaccionaba ante ningún estímulo", cuentan los jueces. El pequeño fue conducido hasta el Hospital de Cabueñes aunque la gravedad de las lesiones que presentaba por todo el cuerpo obligaría posteriormente a trasladarle hasta el hospital Central de Asturias, en donde el pequeño perdería la vida días después encendiendo las alarmas acerca de la situación en la que se podría encontrar su hermana melliza.

En un primer momento la Policía Nacional detuvo a los dos progenitores como responsables de los hechos, si bien el juzgado de instrucción que investigaba los hechos decidiría archivar la causa abierta contra el padre, un camarero de la zona oeste que por su trabajo no tenía conocimiento de la situación que se vivía en su casa, tal y como apuntaron los investigadores. Marián O. G. le decía a su marido -con el que rompería relaciones como consecuencia de este procedimiento judicial-, que las lesiones se las hacían los niños.

Después de que la imputada reconociera los hechos y aceptara la condena la sección octava de la Audiencia Provincial emitió una sentencia que ahora se hace pública en la que se condenó a la imputada a 17 años de privación de libertad: 15 por el asesinato y otros dos por las lesiones sufridas por la hermana melliza del fallecido. La procesada debe indemnizar, además, al padre de sus hijos en 210.000 euros por la muerte del niño y en 3.500 euros por las secuelas de los malos tratos que presentaba la niña.

Marián O. G. se encuentra aún en la cárcel de Villabona, en donde lleva interna desde que tuvo lugar su segundo arresto, en marzo del año pasado. Los jueces le imponen ahora la prohibición de ejercer durante esos 17 años la patria potestad y una orden que impedirá que la acusada se acerque al domicilio de sus dos hijos, a su lugar de trabajo o a cualquier lugar frecuentado por ellos a menos de 500 metros durante los próximos seis años. Marián O. G. tampoco se podrá comunicar con ellos. La sentencia ya es firme ya que al reconocer la acusada el delito y el fallo ser fruto de un acuerdo entre la abogada que representaba sus intereses ante los tribunales y el fiscal no va a existir recurso alguno ante el Tribunal Supremo.