La sección octava de la Audiencia Provincial acaba de revocar parcialmente la que hasta ahora era la mayor condena por un conflicto laboral en España. La sentencia permitirá eludir la prisión a los cinco sindicalistas de UGT miembros de un piquete en la huelga general de marzo de 2012 en la factoría gijonesa de Arcelor, al haber dejado sus condenas reducidas a una multa para tres de ellos y a una multa y una pena de un año y nueve meses de prisión para los otros dos. El pasado mes de diciembre el juzgado de lo penal número 1 de Gijón los había condenado respectivamente a tres años y medio y a cinco años y tres meses de cárcel. Con la nueva sentencia de la Audiencia, ninguno de los reos entrará en prisión, al ser las condenas inferiores a los dos años de cárcel y carecer de antecedentes penales.

Los hechos se remontan a la huelga general que tuvo lugar el 29 de marzo de 2012, para protestar contra la reforma laboral que estaba preparando en ese momento el gobierno del PP, una reforma que entró en vigor el 1 de agosto de aquel año y que originó otra huelga general a los pocos meses, el 14 de noviembre. En la de marzo, los cinco sindicalistas de UGT intentaron que un trabajador de Arcelor en Veriña, delegado de un sindicato de cuadros de Arcelor que no secundaba el paro, dejase su puesto y además dos de los condenados le acabaron lanzando un petardo dentro de la oficina, que causó lesiones y dejó secuelas psicológicas al trabajador.

Los cinco miembros del piquete habían sido condenados inicialmente a tres años y medio de cárcel y multas de 4.500 euros por las coacciones a su compañero, un delito contra los derechos de los trabajadores. Esa parte de la condena es la que ha revocado ahora la Audiencia en base a la última reforma del Código Penal, del pasado 30 de marzo, que permite penar esas actitudes con una multa o con cárcel. Los magistrados aplican a los sindicalistas, Alberto Bernardo Villalta Jiménez, José Luis Antonio Cuesta, Neftalí Casares García, José Ángel Álvarez Novo y Jerónimo Blanco González, la menor pena prevista: 18 meses de multa, que se fija con una cuota diaria de 10 euros (5.400 euros a cada uno), al tener en cuenta que todos ellos carecían de antecedentes penales.

La Audiencia en cambio mantiene las condenas por un delito de lesiones impuestas a José Ángel Álvarez Novo y Jerónimo Blanco de un año y nueve meses de prisión además de indemnizar con 70.600 euros a la víctima por las lesiones y secuelas sufridas por el trabajador al que ambos lanzaron el petardo.

Inadmisible para UGT

La sentencia de la Audiencia Provincial ratifica que las lesiones que sufrió el trabajador fueron consecuencia de los petardos que los miembros del piquete le lanzaron cuando se negó a dejar su puesto de trabajo.

La nueva sentencia fue acogida ayer con desagrado por la cúpula de UGT en Asturias. La Comisión Ejecutiva Autonómica del sindicato calificó, a través de un comunicado de "inadmisible por injusta" la sentencia de la Audiencia, al considerar UGT que sus delegados son inocentes, por lo que el sindicato va a "estudiar las posibilidades de recurso" de la sentencia. UGT señala que la decisión judicial se produce "en un contexto de ataque sistemático al movimiento sindical en nuestro país, dentro de la campaña emprendida por el gobierno del PP en menoscabo de las libertades ciudadanas" con la denominada "ley mordaza".