El Tribunal Supremo acaba de confirmar la condena de dos años de cárcel que la sección octava de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Gijón, le impuso en su día a una vecina de la ciudad acusada de romper una copa de cristal en la cara a la clienta de un bar situado en la zona centro, una mujer con la que la ahora imputada había mantenido previamente una fuerte discusión. El Alto Tribunal ratifica, además, la obligación de la condenada a pagarle a su víctima una indemnización de 21.871,15 euros por las secuelas que le dejó la agresión.

Los magistrados del Tribunal Supremo aseguran en la sentencia que se acaba de hacer pública que las dos mujeres "tenían desavenencias previas" por el supuesto robo de unos zapatos. Durante la discusión, que tuvo lugar en abril de 2014, la mujer ahora condenada como autora de un delito de lesiones con el uso de instrumento peligroso "agredió con una copa de cristal en la cara a la denunciante, agarrándose seguidamente ambas de los pelos y cayendo al suelo". El personal de seguridad del establecimiento de hostelería en el que tuvieron lugar los hechos tuvo que separar a las dos protagonistas de la violenta trifulca. El Supremo reconoce, eso sí, que antes del juicio la procesada consignó en la cuenta de los juzgados 3.000 euros destinados a pagar parte de la indemnización, por lo que en este caso se aplica el atenuante parcial de reparación del daño causado.

Para calcular el total del monto que debe pagar la agresora a su víctima los jueces se basaron en el baremo establecido en el año 2014 para los accidentes de circulación, un criterio que ahora otorga a la demandante una indemnización muy superior a la que había pedido antes del juicio la Fiscalía. En el momento de los hechos la detenida -natural de Ribadesella aunque vecina de Gijón-, tenía 18 años.

Como consecuencia de la agresión la denunciante sufrió heridas para los que precisó 15 días de curación durante los cuales estuvo incapacitada para sus ocupaciones habituales. Los jueces aseguran que como secuelas la joven presenta una cicatriz de cinco centímetros en la región mandíbular derecha, otra de un centímetro en la cara externa del antebrazo y una tercera de cuatro centímetros en la cara interna del brazo derecho. Con el fallo que acaba de hacer publico el Supremo se da por concluida la vía judicial ya que contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno.

La condenada no es la única que tendrá que pagar. Los jueces aseguran que en la pelea resultaron heridas las dos mujeres y, a pesar de que la denunciante no ha sido condenada por un delito, el tribunal la considera responsable de una falta de lesiones por la que debe pagar a la principal imputada 251,44 euros.