El modelo de organización municipal que Foro acaba de poner sobre la mesa de debate para su implantación en los próximos años no sólo incorpora la novedad de la división del trabajo en el Ayuntamiento en gerencias, tres en principio. También suma la novedosa figura del directivo público profesional para dar cobertura a los puestos reservados para altos cargos del Ayuntamiento. Esta figura aparece en el Estatuto Básico del Empleado Público aunque sin vincularse a una regulación específica, que en este caso, correspondería a la administración del Principado de Asturias. La idea original para el impulso de esta figura es crear "un sistema directivo como un sistema profesional basado en el mérito, capacidad, idoneidad y mediante procedimientos que garanticen la publicidad y la concurrencia".

El manual de estructura diseñado por Consultores de Gestión Pública para el Ayuntamiento de Gijón fija algunos elementos a tener en cuenta respecto al perfil, permanencia y cese de estos directivos profesionales. Elementos que no incluyen la exigencia de ser empleados públicos y que mantienen la libertad de designación política aunque se deba garantizar un procedimiento público y una elección debidamente justificada. Las variables a considerar en los candidatos, se dice en el informe, serán la preparación técnica, la inteligencia emocional y la capacidad de liderazgo. El estudio especifica que "en la medida que la designación de este personal se efectúe basándose en criterios competitivos, el cese no podrá ser discrecional" para evitar casos de arbitrariedad y que el puesto carezca de la estabilidad necesaria. El planteamiento es designar a los directivos por tres años con posibilidad de prórroga por otros tantos "si los resultados de la gestión han sido buenos". El cese puede ser al finalizar esos plazos, por resultados ineficientes o de manera discrecional al cambiar el responsable que los nombró.

La estructura municipal que se quiere implantar en Gijón crea una pirámide con los siguientes peldaños:

-Gerencia. Son el ámbito de dirección superior y sus responsables deben fijar objetivos y estrategias. En principio se plantean tres: gerencia de acción social y desarrollo comunitario, gerencia de organización municipal y gerencia de ciudad habitable y ecología urbana.

-Gabinete técnico. Dependerá de la gerencia de organización municipal y sus integrantes tendrán la misión de desarrollar proyectos y servicios de carácter transversal. Bajo ninguna circunstancia, dice el manual, "le compete desempeñar funciones burocráticas de carácter regular, como es el caso de la tramitación de expedientes". Gerencias y gabinete técnico son la dirección superior.

-Área municipal. Son el segundo nivel administrativo de organización a cargo de directores de área nombrado por la Alcaldía. Al margen de estas unidades están, por un lado, el Gabinete de Alcaldía, la Secretaría de Órganos de Gobierno y la Asesoría Jurídica y, por otro, la Intervención General, la Tesorería General y el Tribunal Económico Administrativo. Aquí entran en juego los funcionarios con habilitación nacional. El borrador habla de cinco áreas

-Departamento. Agruparán a dos o mas unidades y su titularidad recae en manos de un empleado público. El boceto de partida establece la existencia de 17 departamentos. Cada uno depende de un área al igual que lo tienen que hacer los organismos autónomos y las empresas municipales.

-Unidad. La escala básica y quien debe asumir la instrucción y tramitación administrativa. Se establecen tres tipologías a desarrollar: la unidad operativa como centro de prestación de servicios especializados, el "pool" administrativo que reúne a un grupo de personal experto que da soporte a todo un departamento y el "pool" técnico compuesto por técnicos polivalente que desarrollen proyectos con carácter trasversal en la estructura organizativa.