Los servicios jurídicos de UGT han presentado cinco demandas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo por la condena penal impuesta a cinco de sus representantes sindicales en la factoría de ArcelorMittal en Veriña por lanzar petardos dentro de la oficina en la que trabajaba un delegado de otro sindicato durante la huelga general del 29 de marzo de 2012, que no secundaba el sindicato de cuadros de la siderúrgica al que pertenecía el delegado que sufrió lesiones y secuelas psicológicas por la explosión del petardo. Los sindicalistas habían sido condenados por el juzgado de lo penal 1 de Gijón a penas que comportaban su ingreso en prisión, algo que evitaron después de que la Audiencia Provincial rebajara las sentencias.

La Audiencia fijó las condenas a Alberto Villalta Jiménez, José Luis Antonio Cuesta, Neftalí Casares, José Ángel Álvarez Novo y Jerónimo Blanco a 18 meses de multa y a los dos últimos además a un año y nueve meses de prisión por lanzar los petardos que lesionaron al trabajador, además de indemnizarle con 70.600 euros.

El Tribunal Constitucional no admitió los recursos de amparo presentados por los condenados, con lo que se agotó la vía interna para recurrir, lo que hace posible llevar el asunto ante el Tribunal de Estrasburgo, según informó ayer UGT en un comunicado en el que califica de "injusta y desproporcionada la condena impuesta por los tribunales españoles" a sus cinco sindicalistas "por su participación en un piquete informativo en el ejercicio del derecho de huelga, así como los de información, libertad de expresión y libertad de la actividad sindical". UGT ha interpuesto ante el Tribunal Europeo cinco recursos, en nombre de cada uno de los condenados.

El sindicato también anunció que va a intentar recurrir ante el Tribunal Constitucional la condena por falso testimonio otros cuatro trabajadores de ArcelorMittal que declararon como testigos en el juicio contra los cinco sindicalistas condenados por sus acciones durante la huelga general, con el lanzamiento de petardos contra el delegado sindical que no secundó el paro.

La Audiencia Provincial acaba de ratificar la condena a seis meses de prisión y multa de 540 euros a cada uno de estos testigos, impuesta por una sentencia del juzgado de lo penal número tres de Gijón. La Audiencia calificó de "clamorosa y hasta grosera su mendacidad" al contradecir con sus declaraciones los hechos declarados probados en la sentencia que condenó a los cinco sindicalistas. Los testigos condenados afirmaron que no oyeron explotar ningún petardo y que nadie entró en el despacho de la víctima.