El Tribunal Supremo ha condenado a 14 años y medio de prisión a un gijonés de 70 años acusado de abusar sexualmente de su nieto, un niño de 10 años que se quedaba al cuidado del acusado varios días a la semana para que los padres pudieran cumplir con sus obligaciones laborales. Los hechos tuvieron lugar, tal y como resaltan los magistrados del Alto Tribunal, durante varios meses del año 2014.

El tribunal encargado del caso asegura que el condenado obligó a su nieto a que le realizara sexo oral y a que se masturbara en su presencia "bajo la amenaza de pegarle en caso de que se negara". Los abusos tuvieron lugar tanto en el domicilio del propio imputado como en lugares públicos. Precisamente el hecho de que el reo cometiera los abusos en el parque al que acudía con su nieto a plena luz del día fue lo que permitió que este caso saliera a la luz. Un viandante que a las diez y media de la mañana del 19 de agosto de 2014 paseaba por el parque avisó a la Policía Local de que el septuagenario se había escondido con su nieto en una zona ajardinada y tenía los pantalones bajados.

El Supremo confirma ahora la condena que en su día le impuso al reo la sección octava de la Audiencia Provincial de Asturias y cierra este macabro caso. Durante su declaración ante los magistrados de la Audiencia el imputado negó en varias ocasiones los abusos y atribuyó el relato del menor a una historia inventada. El hombre carecía de antecedentes penales.

Además de la pena de cárcel la Audiencia y el Supremo le imponen al condenado una orden de alejamiento que impedirá al reo acercarse a menos de 500 metros de su hija, su yerno y su nieto ni comunicarse con ellos por cualquier medio durante los próximos 20 años. El reo tendrá que indemnizar además a los denunciantes con la suma de 12.000 euros.

Los magistrados encargados del caso aseguran que el testimonio que aportó el menor en su declaración es completamente creíble a pesar de que durante el relato el niño cayó en "algunas imprecisiones propias de su edad y de las situaciones estresantes a las que se ha visto sometido". El tribunal añade que "también resulta inequívoca la existencia de una intimidación" consistente "en la amenaza o el anuncio de una mal grave, futuro y verosímil si la víctima no accede a participar de una determinada acción sexual". En este sentido los jueces del Supremo critican que las amenazas llegaran, precisamente, de la persona encargada del cuidado del menor, lo que supone un abuso de parentesco que agrava la pena finalmente impuesta.

El abuelo deberá asumir ahora, además, el pago de las costas judiciales generadas por su decisión de interponer recurso en el Supremo contra la sentencia de la Audiencia Provincial.