La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dictado 35 sentencias que dan la razón a antiguos trabajadores de los planes de empleo "Gijón Innova" que reclamaron al Ayuntamiento la diferencia entre los salarios que les abonó y lo que deberían de haber cobrado conforme al convenio colectivo para el personal laboral municipal. Están pendientes de resolver aún un buen número de sentencias, que previsiblemente irán en el mismo sentido.

Las irregularidades en la contratación en el anterior plan de empleo, el "Gijón Inserta", ya obligaron al Ayuntamiento de Gijón a desembolsar 3,5 millones de euros a los trabajadores que habían demandado. En aquella ocasión el Ayuntamiento optó por hacerles contratos por obra o servicio y ocuparlos en puestos que deberían de cubrir funcionarios. El TSJA consideró aquellas contrataciones en fraude de ley, con la finalización de los contratos pasó a considerarse despido improcedente y los afectados tuvieron que ser indemnizados por ese concepto y por haber cobrado salarios más bajos que los que figuraban en el convenio colectivo municipal.

Para el plan "Gijón Innova", el Ayuntamiento optó por la modalidad de contratos en prácticas. El TSJA señala que esos contratos no se hicieron en fraude de ley, con lo que no han prosperado las peticiones de indemnización por despido. En cambio, el Tribunal sí acepta el argumento de que los trabajadores deberían de haber cobrado conforme al convenio municipal y no a uno específico del "Gijón Innova" con sueldos más bajos. El Ayuntamiento reserva una partida de 900.000 euros para hacer frente a estas nuevas sentencias y las que están por venir.

Las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Asturias revocan las que había ganado el Ayuntamiento en los juzgados de lo social. Algunas otras fueron perdidas por los trabajadores en el tribunal, dado que sólo alegaron fraude de ley en el contrato y no la aplicación de un convenio distinto. El convenio del "Gijón Innova", además, no incluye la categoría laboral de aprendiz.

Las sentencias no son firmes aún, dado que son recurribles en casación ante el Tribunal Supremo.