El juzgado de primera instancia número diez de Gijón ha condenado a la empresa de telefonía móvil Orange al pago de una indemnización de 5.000 euros a un vecino de Gijon J.M.R. por ser incluido durante ocho meses de forma ilegítima en una lista de morosos por una supuesta deuda con la operadora.

Según ha informado el despacho ILM Abogados, que representó al demandante, dicha deuda, que supuestamente ascendía a 1.509 euros, nunca existió dado que nunca mantuvo una relación comercial con dicha compañía de telefonía móvil y nunca contrató sus servicios.

Las facturas por los servicios a nombre del demandante pudieron ser contratados suplantando la identidad del afectado lo que llevó a la compañía de telefonía móvil a incluir los datos personales del afectado en un fichero de morosos por la supuesta deuda contraída.

La sentencia señala que, por más que se pretenda señalar que el origen de esa contratación estuvo en la actuación delictiva de un tercero, no se aporta ninguna prueba para sostener esta hipótesis "por más que se pueda presentar como las más razonable" ni para justifica cómo pudo llegarse al resultado final de la inclusión del demandante en el registro de morosos.

El tribunal, que condena a la operadora por un delito de intromisión ilegítima en el derecho al honor, señala además que es exigible a la compañía la "diligencia suficiente" para contrastar la identidad de quien contrata sus servicios.