El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha vuelto a desestimar el recurso con el que la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución quería evitar que los comercios de la zona centro de Gijón estén autorizados para abrir dos domingos más al año que el resto de empresas del sector. Esa diferenciación de horarios viene dada por la resolución del Principado de Asturias, en cumplimiento de una normativa estatal, por la que se declaró una zona del municipio de Gijón como "zona de gran afluencia turística", a efectos de aperturas comerciales.

El Ayuntamiento de Gijón, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno, acordó en diciembre de 2015 que los negocios afectados por la declaración de "zona de gran afluencia turística" serían los comprendidos en el perímetro urbano delimitado por las calles plaza del Marqués, Jardines de la Reina, Rodríguez San Pedro, Pedro Duro, plaza del Humedal, Palacio Valdés, avenida de la Costa hasta Ramón y Cajal, Menéndez Pelayo, marqués de Casa Valdés, Capua, Jardines del Náutico, Cabrales y plaza Mayor. También se dijo entonces que se limitaría la propuesta a la ampliación de horarios en dos fechas: el 7 y el 28 de agosto de 2016. Este año 2017 las fechas acordadas son el 6 y el 27 de agosto.

Desde las grandes distribuidoras se ha venido cuestionando esa resolución por entender que no estaba suficientemente motivada y, sobre todo, que vulneraba la unidad de mercado, ya que no debería establecerse tal distinción entre empresas del sector.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, como ya hiciera en otra sentencia de julio del pasado año, repite ahora en una nueva conclusión que tanto las justificaciones de por qué se llega a las áreas de influencia turística, como la delimitación de calles, como la aplicación de la normativa la encuentran ajustada en sus motivos. De ahí que se desestime el recurso y se impongan las costas a la Asociación de Empresas de distribución, que habían pleiteado contra la Consejería y contra el Ayuntamiento.