El nuevo juicio del "caso Camocha" que comienza mañana contará con cuatro acusados en el banquillo. Las acción penal contra el quinto acusado en el primer juicio, Víctor Zapico, quedó extinguida tras su fallecimiento el 15 de abril. El magistrado Luis Ortiz así lo ratifica en un auto del pasado 3 de mayo, en el que también señala, respecto a quien fuera director de servicios de Mina La Camocha y exconsejero de Industria del Principado, que si bien queda extinguida la acción penal, no ocurre lo mismo con la civil.

Esto supone que en el caso de que se produzca una sentencia condenatoria, y de la misma se pudieran deducir supuestas responsabilidades de directivos fallecidos, el Abogado del Estado podría interponer un nuevo pleito, en los juzgados de lo civil, contra sus herederos y causahabientes.

Además de extinguirse la causa contra Víctor Zapico por fallecimiento, también ocurrió otro tanto con el empresario Fernando Luis García Brugos, quien murió mientras aún estaba en fase de instrucción el caso, en el que figuraba como imputado.

Cualquier acción civil contra herederos, de llevarse a cabo, sería después de que hubiera una sentencia firme en el caso penal que mañana comienza a juzgarse. Entre otras cosas, porque del resultado del juicio depende la determinación de la cantidad supuestamente defraudada, que el Ministerio Fiscal cifra en 17.089.200 euros. Una cifra que se queda pequeña comparada con la reclamación a la que también podrían verse expuestos en el caso de que el juzgado de lo mercantil 1 de Oviedo declare culpable el concurso de acreedores de Mina La Camocha, con un pasivo de 176 millones de euros, en su mayoría deudas con el Estado y con prejubilados. La Abogacía del Estado pidió en 2010 que se declarara culpable el concurso y se exigiera a los exdirectivos responsabilidades patrimoniales, mientras que estos se defendieron responsabilizando de la quiebra al Estado.

Fuentes jurídicas señalan que aunque se puedan efectuar ese tipo de reclamaciones a herederos, en la práctica difícilmente se concretan porque requiere que se haya aceptado la herencia y, además, que se encuentren bienes a su nombre.