El titular del juzgado de lo Penal número 2 de Gijón, Luis Ortiz Vigil, se pronunciará en un auto sobre si el caso del supuesto fraude de subvenciones en Mina La Camocha está prescrito o no antes de proseguir adelante con la vista oral del juicio, que comenzó estas mañana. El magistrado ha fijado para el próximo 29 de mayo la segunda sesión de la vista oral que se celebrará en el caso de que desestime la solicitud de prescripción formulada por las defensas.

El supuesto fraude se remonta a los años 1998 a 2000 y ha sido valorado en 17,09 millones de euros, al haber mezclado carbón importado o de minas de cielo abierto con la producción de la explotación minera gijonesa y revenderlo como propio a la central térmica de Aboño. Para camuflar el destino real del carbón, Mina La Camocha recurrió a empresas interpuestas, Trabajos y Explotaciones y Hullas del Coto Quirós. En el banquillo se sientan el expresidente de Mina La Camocha, Manuel Martín Martín; su exresponsable de contabilidad, Margarita García; el que era administrador único de Hullas del Coto Quirós, Angel Manuel García Brugos y el apoderado de esta empresa y Trabajos y Explotaciones, Guillermo Alfredo Honrubia Álvarez, para los que la fiscalía pide 9 años de prisión.

La primera sesión de la vista oral se prolongó durante cinco horas. Las defensas alegaron que el caso había prescrito sosteniendo que inicialmente la investigación se centró en un supuesto falseamiento en las condiciones para cobrar las subvenciones a la minería del carbón, tipificado en el artículo 308.1 del Código Penal, mientras que los acusados se sientan ahora en el banquillo por el supuesto uso indebido de las subvenciones cobrardas, tipificado en el artículo 308.2. En 2004 el juzgado de instrucción número cuatro de Gijón había archivado inicialmente la causa al considerar que los hechos que había denunciado la Fiscalía Anticorrupción no encajaban en el punto 1 del artículo 308 del Código Penal. La Audiencia Provincial ordenó la reapertura del caso apuntando que lo que sí había indicios de supuesto delito si se contemplaba desde la perspectiva del punto 2 de dicho artículo, esto es, el desvío de subvenciones otorgadas para la explotación minera a la compra de carbón foráneo.

Esa circunstancia, unida al hecho de que a los acusados no se les tomó declaración judicial hasta 2009, superando el plazo de cinco años desde la comisión del supuesto delito, fueron los principales argumentos de las defensas para reclamar el sobreseimiento de la causa.

Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado defendieron que la causa no estaba prescrita. Por un lado, el fiscal explicó que cuando en 2001 la Fiscalía Anticorrupción interpuso denuncia contra Mina La Camocha, hizo un relato de hechos en los que ya se incluían referencias a la adquisición de material ajeno a la mina gijonesa. El fiscal recalcó que la denuncia se interpuso por un supuesto fraude de subvenciones con referencia al artículo 308 a secas.

Otro de los argumentos del fiscal es que se produjeron al menos 10 resoluciones judiciales que interrumpían el plazo para una supuesta prescripción.

El Ministerio Público recordó que la Audiencia Provincial se ha pronunciado tres veces sobre el caso sin que en ninguna de ellas apreciara que el mismo había prescrito: En 2004 y 2007 cuando revocó sendos autos de sobreseimiento del juzgado de instrucción número cuatro y la última en 2016, cuando ordenó repetir el juicio que se había celebrado en 2014 al considerar que la magistrada entonces al frente del juzgado de lo Penal 2 de Gijón no había sido imparcial al haberse excedido en los interrogatorios a acusados y testigos.

En aquel juicio de 2014 se sentaba en el banquillo de los acusados una quinta persona, Víctor Manuel Zapico Zapico, exdirector de servicios de Mina La Camocha, quien falleció el pasado mes de abril, con lo que la causa penal contra él se ha extinguido.