Un hombre al que la Policía Local sancionó con 800 euros de multa por el comportamiento vejatorio mediante insultos, burlas, molestias intencionadas y otros similares a agente de la autoridad se salvó porque iba borracho. "Manifiesta ser agente de aduanas y de detener delincuentes no como nosotros, que somos una mierda. Dice asimismo que somos una vergüenza y nos llama maltratadores. Manifiesta no querer copia de la denuncia y se va del lugar", reza el expediente.

La normativa establece que los agentes deben comunicar a la persona sancionada que en efecto lo está y darle copia de la denuncia. En caso de que el interesado o su representante rechacen la notificación se deberá hacer constar en el expediente, como así se hizo. Pero también se incluyó el por qué, es decir, el agente añadió que "resultó ser una persona muy bebida". Ante esta circunstancia, el magistrado del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Gijón considera que "la Administración debió notificarle la denuncia formulada y el inicio del expediente sancionador, con posterioridad al día de ocurrencia de los hechos, a fin de que, una vez superado el estado de embriaguez en que se encontraba, pudiese conocer realmente el contenido de la denuncia a fin de poder articular contra la misma su derecho de defensa".

Al entender el juez que las actuaciones policiales resultaron insuficientes para garantizar que el recurrente conociese los hechos y pudiese defenderse, ha anulado la multa de 800 euros y condenado a costas al Ayuntamiento.