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Hacienda reclama 5,2 millones al santero cubano que heredó de una boticaria millonaria

El Supremo desestima el intento del caribeño de reducir la multa impuesta por no declarar todos los bienes y atribuirse una relación matrimonial sin validez legal

Camilo P. V., en un juicio.

Camilo P. V., el santero cubano que se ha sentado en el banquillo de los acusados varias veces fruto de las denuncias que, sin éxito, le atribuyeron reiteradas estafas cometidas en la ciudad, incluidas la venta de los inmuebles heredados de una rica boticaria gijonesa, ha perdido ahora una batalla en el Tribunal Supremo. La relativa a la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones fruto de esa gran herencia.

El Estado le viene reclamando más de cinco millones de euros, 3,1 millones como liquidación derivada de todos los bienes que formaban el patrimonio que le legó la farmacéutica gijonesa y 2,1 millones en concepto de sanción por lo que se ha entendido que fue una ocultación de bienes y una aplicación inadecuada de reducciones. Y el Supremo acaba de dar la puntilla desestimando el recurso que habían presentado los representantes legales del ciudadano cubano, y ratificando las cifras que le ha venido reclamando la hacienda pública.

Camilo P. V. heredó de María del Carmen Represa una suculenta cantidad de bienes en un proceso no exento de polémica. Según hizo constar a las autoridades, se había casado con la mujer el 4 de febrero de 2009 en La Habana y ese mismo día, en plena celebración, la asturiana falleció de manera fulminante. El cubano hizo valer ante los Servicios Tributarios del Principado el testamento de 24 de octubre de 2008 -meses antes del enlace- hecho por su pareja, en el que le declaraba heredero universal.Y eso que su relación había sido tormentosa, puesto que años antes le había acusado de estafa con cuestiones relativas de snatería. Todos los bienes de la difunta eran de una cuantía muy importante -se estima que había una treintena de pisos, los beneficios de una farmacia en funcionamiento y otros bienes-.

Inicialmente los servicios tributarios admitieron tanto los bienes inventariados como el hecho de considerar al cubano el viudo legítimo de la gijonesa -de cara a la apliación de reducciones-, y en base a todo ello giraron al viudo en 2010 una liquidación de 754.314 euros, que al ser ingresada fuera de plazo acabó siendo de 768.547 euros.

Sólo unos meses después comenzaron las indagaciones y comprobaciones sobre los bienes que formaban parte del caudal de la herencia y fruto de ellas se entendió que había mucho más por lo que tributar. Por ejemplo, se hizo constar la existencia de siete cheques, por valor de 1,2 millones de euros, cobrados en efectivo por la farmacéutica entre mayo del 2008 y enero del 2009, o sea sólo unos meses antes de su fallecimiento. Para los inspectores, ese dinero en efectivo tenía que ser parte también de la herencia del cubano, al no haber justificantes de a qué se había dedicado ese dinero. Su pareja llegó a alegar "la vida de dispendio" que llevaba la mujer. Pero, además, como hecho sustancial, desde los servicios tributarios determinaron que no podía darse por válida la reducción de impuesto por parentesto puesto que el Registro Civil Central denegó la inscripción del matrimonio entre la gijonesa y el cubano.

Con todo ello, la base imponible de la herencia para los servicios tributarios pasó a ser de 5,6 millones, y la cuota tributaria de 3,6 millones, de los cuales ya había más de setecientos mil euros abonados. Pese a las alegaciones del afectado, que indicaba que el matrimonio había sido legal pero se le denegaba la inscripción "por motivos políticos y no jurídicos", la deuda se le fue acumulando y también la sanción correspondiente, hasta llegar a la cantidad de algo más de 5,2 millones. Fue, en parte, para intentar hacer frente a todo lo que se le venía como deuda, por lo que el cubano se vio inmerso en varias denuncias por estafa, ya que vendió inmuebles para pagar el impuesto de sucesiones; inmuebles sobre los que luego se hicieron repercutir diversos embargos.

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