Equo Asturias está valorando la posibilidad de interponer un recurso contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que rechazó su petición de demoler la regasificadora de El Musel en cumplimiento de la sentencia del propio tribunal, que anulaba la autorización administrativa concedida por el Ministerio para construir la instalación. El auto también rechaza la petición de Equo para que Enagás devuelva los más de 119 millones de euros que cargó en los recibos de los usuarios en base al decreto por el que el Gobierno hibernó la instalación en 2012, permitiéndole cobrar gastos de operación y mantenimiento de la planta hibernada.

El partido verde está considerando recurrir la decisión judicial, que califican de "poco acertada" y que no comparte, según señala Equo en un comunicado difundido esta mañana. En palabras de una de las representantes de Equo, Olga Álvarez, "nos gustaría que los máximos interesados en hacer cumplir las resoluciones judiciales con todos sus efectos sean precisamente los tribunales de justicia y fundamentalmente aquellos del orden contencioso administrativo que velan por lo público, por aquello que pertenece a la ciudadanía. Si se nos pregunta si se ha hecho un buen uso de los recursos públicos, nuestra respuesta es no, se han dilapidado recursos públicos por valor de mucho millones de euros".

El tribunal rechazó acordar la demolición y la devolución de lo cobrado por Enagás en base a que Los Verdes de Asturias (hoy Equo) no lo plantearon cuando formularon la demanda. "La realidad es que no se pudo incluir en la demanda inicial porque la decisión de hibernar la planta fue posterior a la presentación de la demanda. Lo mismo sucede cuando se dice que no se solicitó la demolición en la demanda inicial según el artículo 108 de la ley de la jurisdicción contencioso administrativa. Ese artículo fue aprobado en 2015, imposible que en 2010 se hubiera incorporado a la demanda", señala Equo.

El abogado que representó al partido ecologista en este pleito contencioso-administrativo, José Antonio Ballesteros, señala que "si una construcción no es legal debe demolerse y entendemos que si alguien se ha beneficiado de algún tipo de financiación en la construcción de algo que deviene ilegal no puede beneficiarse en modo alguno de ello, nosotros lo entendemos así y lamentamos que el tribunal no lo haya visto del mismo modo".

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló en 2013, en sentencia confirmada por el Tribunal Supremo en 2016, la autorización para la construcción de la regasificadora por incumplir un artículo del Reglamento de Actividades Molestas, Nocivas y Peligrosas (Raminp) que impedía la construcción de la planta por estar a menos de dos kilómetros de viviendas. Ese artículo se derogó posteriormente por una ley del Principado.