Primera certeza. Juan Fombona Braga, gijonés de enero de 1979, perdía la vida atropellado a escasos metros de la casa familiar de Somió en la madrugada del sábado cuando volvía caminando de una noche de fiesta con sus amigos por los locales de la parroquia. El dolor rompía a una familia. Segunda certeza. Álvaro A. S., también de 38 años, vecino del fallecido y uno de los amigos con quien había compartido cervezas y risas la fatídica noche, ingresaba en prisión el martes acusado de homicidio imprudente, conducción bajo los efectos del alcohol y omisión del deber de socorro como presunto autor del atropello que le costó la vida a Fombás, como le llamaban sus más íntimos. Hasta él llegó la policía siguiendo el rastro de su coche. El estupor dejaba destrozada a otra familia de Somió. Juan y Álvaro se conocían de toda la vida. Sus familias, también.

Hasta aquí los hechos irrefutables que han quebrado el corazón de Somió, donde ambos eran muy conocidos, y han conmocionado a todo Gijón. Y a partir de aquí las incógnitas, las dudas, las preguntas que no encuentran respuesta. Sobre todo por la decisión de Álvaro de dar la callada por respuesta. La primera incógnita a despejar es saber qué paso desde que salieran juntos de un local de copas de la avenida Dionisio Cifuentes hasta que, a la altura del número 275 de la misma calle, Juan encontrara la muerte. ¿Llegó a subirse al BMW X5 de su amigo o simplemente inició el camino a pie hacia su casa? Y si se subió al coche, ¿qué le hizo apearse?

De una futura declaración del detenido -al que se le aplicó al llegar a Villabona el protocolo antisuicidio- también esperan muchos vecinos y conocidos saber si la muerte de Juan fue una mala jugada del destino y la huida de Álvaro una reacción descontrolada o su inconsciencia sobre el incidente que acababa de protagonizar. O sí hubo algún desencadenante entre los dos amigos en los momentos previos al atropello.

Sin respuesta quedará para siempre la incógnita de saber si Fombás hubiera podido salvar la vida si quien le atropelló le hubiera auxiliado desde el primer momento. Hasta él llegó un responsable de seguridad de un casa cercana siguiendo la estela del ruido. Él llamó a los sanitarios.

Juan trabajaba como auxiliar en la farmacia del Llano que regentó su madre hasta su jubilación y ahora gestionan sus hermanos Beatriz y Fernando. Inició sus estudios en el colegio de la Inmaculada para concluirlos en el IES Río Piles antes de matricularse en la Universidad de Alfonso X El Sabio. Álvaro es el menor de cinco hermanos que perdieron a su padre en 2008. Como su amigo Juan había pasado por las aulas del colegio de la Inmaculada, dedicado a los negocios familiares, y estaba soltero y viviendo en la casa de la familia.

Los cargos que hasta el momento pesan sobre Álvaro son un delito contra la seguridad vial por conducción bajo el efecto de bebidas alcohólicas, en concurso con un delito de homicidio por imprudencia grave, y un delito de omisión del deber de socorro. ¿Qué diferencia hay entre un homicidio imprudente y doloso? La principal, explica el letrado gijonés Santiago León, es que en el primero no hay intención en provocar la muerte, mientras que en el segundo sí. Dicho con otras palabras, en el imprudente, "el mal causado es mayor del que se pretendía", dice el abogado Ignacio Manso. El experto en derecho penal pone un ejemplo cercano, ocurrido en La Calzada en 2003: "El portero de un karaoke golpeó a un joven y éste se desnucó".

No habiendo pruebas directas, como sería el testimonio de la víctima, y alegando el supuesto autor del atropello no recordar nada de lo sucedido, letrados gijoneses creen que a Álvaro le condenarán por homicidio imprudente -de 1 a 4 años de cárcel, frente al doloso, que supone una pena de 10 a 15 años-. Ahora bien, ¿el detenido dice la verdad o miente? Hay división de opiniones entre los penalistas. Guillermo Calvo no descarta que pueda tratarse de una estrategia, mientras que Santiago León se decanta más por un atropello involuntario. "Eran amigos de muchos años, no tiene sentido que fuera intencionado. Además, donde ocurrió el suceso es una acera muy estrecha y la zona está mal iluminada", comenta.

Salvando las distancias, el caso de Somió recuerda a los de "Farruquito y Ortega Cano", citan algunos abogados. Sucesos con mucha carga de condena social. El bailaor fue condenado a tres años de cárcel tras atropellar en 2003 en Sevilla a un joven de 35 años, que falleció, cuando circulaba a mayor velocidad de la permitida y sin tener ni carné de conducir ni seguro en el coche. Farruquito se dio a la fuga y llegó a culpar a su hermano. Por su parte, el torero estuvo dos años y seis meses en prisión por triplicar la tasa de alcohol en sangre y provocar la muerte de otro conductor después de colisionar con su vehículo en 2011, también en Sevilla.