Celestino, Tino, G. V. -el gijonés de 49 años acusado por la muerte de Silvia Hernández- no quiso en ningún momento acabar con la vida de quien fue su pareja sentimental durante más de cuatro años. Es la conclusión a la que llegó tanto el jurado popular como el tribunal de la sección octava de la Audiencia Provincial que le ha impuesto una pena de cuatro años de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave con la agravante de parentesco y la atenuante analógica de embriaguez. La sentencia, además, incluye un auto de puesta en libertad que supondrá hoy mismo su salida del Centro Penitenciario de Asturias, donde está desde el fallecimiento de Silvia Hernández en marzo de 2016.

La sentencia expone como hechos probados que Tino G. V. mantenía una relación con la víctima y que tras una discusión y un forcejeo con ella -con un cuchillo de por medio- "llegó a clavar a Silvia sin intención de causar su muerte". Eso le provocó una herida incisa penetrante de un centímetro que "a la postre provocó su muerte como consecuencia de un shock mixto hipovolémico por hemorragia interna y externa y por extravasación del contenido digestivo, tanto a cavidad abdominal como torácica, con producción de un cuadro de abdomen agudo, con el consiguiente resultado de insuficiencia cardio-respiratoria irreversible".

La sentencia, en base al relato de los forenses, considera que la muerte de Silvia Hernández falleció "por una imprudencia grave" y que su muerte "no es consecuencia directa del apuñalamiento" puesto que "si hubiese habido tratamiento no hubiese fallecido". Es por ello que el jurado popular descartó "la intención homicida" del procesado. También revela el fallo que "no hay prueba alguna que permita concluir que la víctima estuvo agonizando durante horas con intensos dolores e indudable sufrimiento", como alegaron las acusaciones, algunas de ellas como la particular y la popular llegaron a solicitar la prisión permanente revisable.

La decisión de la Audiencia se fundamenta en el veredicto emitido la semana pasada por el jurado popular tras examinar todas las pruebas existentes y escuchar el relato del acusado, testigos, peritos y policías. Tino G. V. declaró ante ellos que la fallecida había cogido el arma blanca con la intención de acabar con su vida y que él trató de arrebatárselo. Entonces, ambos se fueron al suelo y eso provocó que Silvia Hernández sufriese dos pinchazos en el abdomen, uno de ellos le perforó el estómago. Fue una incisión de siete centímetros -explicaron los forenses en el juicio- por donde empezaron a derramarse los jugos gástricos hasta entrar en contacto con la sangre.

Como la herida dejó de sangrar -tras limpiarla y poner papel mojado- ambos se fueron a dormir sin darle mayor importancia a lo ocurrido. "Puede que no fueran conscientes de la gravedad de las heridas", afirmaron los forenses en el juicio tras sentenciar que podría haberse evitado su muerte de haber recibido asistencia sanitaria. Cuando Tino G. V. se despertó a la mañana siguiente y vio que Silvia Hernández no se movía llamó a los servicios médicos pero ya era tarde.

"Juro por Dios y por mi hija, que es lo que más quiero, que todo lo que dije y dijo mi abogado -Enrique Lamadrid- es verdad", aseguró Tino G. V. al emplear su derecho a la última palabra. "En estos dos años y pico que llevo en la cárcel, sin alcohol, pienso en la vida tan desgraciada que llevábamos antes", lamentó también. Ahora deberá indemnizar con 40.000 euros a cada uno de los progenitores de su expareja.

Puesta en libertad

La sentencia lleva aparejada un auto de puesta en libertad provisional de Tino G. V. con la obligación de personarse el día uno de cada mes en el juzgado así como cada vez que se le requiera. Además deberá notificar su lugar de residencia. La sentencia puede ser recurrida.