El Juzgado de lo contencioso- administrativo número uno de Gijón ha estimado el recurso interpuesto por una médica del hospital de Jove, que llamó la atención a un policía por taparle la boca y la nariz a una paciente en estado de agitación. El tribunal considera que no hubo falta de respeto de la facultativa al agente, como denuncia el Ayuntamiento de Gijón, ya que lo hizo "sin ánimo ofensivo" y "en su condición de médico".

En concreto, la doctora expresó "no la tratéis así" o "no le tapéis la boca" -hay discrepancia entre el Cuerpo de la Policía Nacional y los testigos en cuanto a la frase utilizada- al ver que un policía tapaba con la mano la boca y la nariz de una detenida para silenciarla. La mujer, que incluso mordió el guante de uno de los agentes, llegó a Urgencias gritando "dentro del contexto de intoxicación etílica o drogas o fármacos que era evidente que padecía", como señala la sentencia. La doctora, siguiendo su criterio médico, le indicó al agente que cesase en su conducta, porque, "lejos de ayudar", ese gesto "acrecentaba el estado de agitación de la paciente".

A raíz de ello, el Ayuntamiento de Gijón le impuso una multa de 302 euros por una falta de respeto a las fuerzas y cuerpos de seguridad. En desacuerdo con la sanción, la médica interpuso un recurso de reposición contra la sanción, que fue desestimada, recurriendo finalmente a la vía judicial. Puntualiza el tribunal que las faltas de consideración a las fuerzas y cuerpos de seguridad "requieren como elemento subjetivo la existencia de un ánimo específico de desprestigiar el principio de autoridad y la dignidad de la función pública". En este caso, la expresión -ya sea "no la tratéis así" y "no le tapéis la boca"- sólo fue pronunciada una vez y "por alguien que posee conocimientos médicos en cuanto al tratamiento que ha de prescribirse a una paciente que requiere atención facultativa por el estado que presentaba".