El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Gijón ha condenado al Ayuntamiento a indemnizar con 1.937 euros a un joven que fue atacado por un perro policía en 2014. El damnificado, representado por la letrada Ana Gloria Rodríguez, sufrió lesiones por la mordedura del animal tras una discusión airada en la calle con otros jóvenes en la que intervino un agente de la Policía Local.

Los hechos, ocurridos en la zona de El Coto, involucraron a tres hombres y a una mujer que se encontraban discutiendo en la calle, por lo que el policía les ordenó que disminuyeran el volumen. El agente abandonó el lugar y volvió tras unos minutos, bajándose del vehículo por la continuación del altercado. Según el agente, los presentes intentaron agredirle, hecho que niegan los acusados.

Tras este enfrentamiento, el policía intervino acompañado del perro, comenzando una trifulca con el agente. Según el policía, él soltó al perro, un pastor alemán, al verse en peligro por la actitud agresiva de los presentes.

Posteriormente, el agente demandó a los jóvenes por un presunto atentado contra la autoridad, justificando así la necesidad de utilizar al perro policía, al verse amenazada su integridad física. Iniciado este proceso judicial, el Juzgado de lo Penal número 3 de Gijón absolvió al joven en cuestión al no ver indicios de delito contra el agente.

Tras este proceso, el agredido presentó un recurso por la mordedura ante el Ayuntamiento, quien lo rechazó en 2017 por considerar que el delito había prescrito. Por ello, el joven recurrió a los tribunales, solicitando una indemnización de 5.500 euros.

Este tribunal considera que el recurso ante el Consistorio se encontraba dentro de plazo y decide imponer al Ayuntamiento la indemnización de 1.937 euros al damnificado por las lesiones producidas por el perro policía, quedando probada, "por imprudente", la injustificada actuación del agente de la Policía Local de Gijón. Según los informes realizados por médicos del Centro de Salud de El Llano, el joven sufrió arañazos en el antebrazo y una herida de siete centímetros en la cadera, aunque no necesitó intervención quirúrgica. La cuantía de la indemnización corresponde al perjuicio estético que produjeron las lesiones sumado a los días de recuperación de las mismas.